Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valle de Santa Ana. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06536/2023)
Convocatoria para la creación de una bolsa de empleo de Conductor de camión de recogida de residuos
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Ayuntamiento de Valle de Santa Ana

Anuncio 6536/2023

interesados que reúnan los requisitos señalados en la base segunda anterior, en el Registro General del
Ayuntamiento de Valle de Santa Ana, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de convocatoria
en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. La presentación del modelo de instancia o solicitud supone la
declaración de que son ciertos los datos consignados en la misma, de que se reúnen las condiciones exigidas
para el ingreso en las Administraciones Públicas como personal laboral y de que se reúnen, asimismo, las
condiciones específicamente señaladas en la convocatoria, comprometiéndose los interesados a probar
documentalmente, una vez finalizado el proceso selectivo, todos los datos que figuren en la solicitud.
3.2. A las referidas instancias se deberá acompañar la siguiente documentación, sin perjuicio de la obligación
futura de presentación de los documentos originales o fotocopias compulsadas, en los términos previstos en
las Base novena:
Fotocopia simple del DNI (españoles) o fotocopia simple de la documentación acreditativa de la
capacidad para presentarse al proceso selectivo, en los términos del artículo 57 del EBEP (extranjeros).
Fotocopia simple de la titulación y/o de la habilitación requerida
Relación de méritos alegados para su valoración, que se acreditarán mediante fotocopia simple de los
documentos que sirvan de prueba para su justificación. En caso de duda podrán ser tenidas en cuenta
las funciones certificadas en el informe/certificado de servicios que, en su caso, se haya aportado. Solo
serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de
presentación de instancias. Los méritos habrán de aportarse debidamente numerados y diferenciados
por apartados según modelo anexo II (experiencia profesional, titulaciones académicas, cursos de
formación o perfeccionamiento, otros méritos), en la forma y siguiendo el mismo orden previsto en la
base séptima de esta convocatoria. No serán valorados los méritos no documentados ni justificados
en el plazo y en la forma anteriormente mencionados, sin perjuicio de que el Órgano de Selección
pueda solicitar la ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra
correctamente acreditado. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos deberán
presentar los documentos originales de las copias de los méritos aportados y valorados en la Fase de
Concurso, a fin de proceder a su comprobación y compulsa.
Justificante de haber abonado las tasas de examen. De conformidad con lo previsto en la Ordenanza
fiscal reguladora de la tasa sobre derechos de examen del Ayuntamiento de Valle de Santa Ana,
publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de 28 de mayo de 2021, la cuota tributaria será:

▪ Para las pruebas de acceso de grupos: C2: 10,00 euros. Tendrán una reducción
del 50% de la cuota aquellas personas solicitantes que se encuentren en
situación legal de desempleo durante el periodo de presentación de instancias,
acreditándole con un informe actualizado de vida laboral expedido por la
Tesorería General de la Seguridad Social (la fecha de dicho informe no podrá
tener una antigüedad superior a 15 días naturales anterior a la fecha de la
convocatoria). No tendrán dicha bonificación quienes se encuentren en situación
de mejora de empleo.]

3.3. No se admitirá documentación alguna con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
3.5. Los títulos y méritos deberán estar expedidos en castellano. Respecto a aquellos títulos y méritos
aportados que hayan sido expedidos en otro idioma distinto del castellano, se acreditarán por medio de
certificación oficial expedida por el órgano que proceda, acreditando su traducción por el organismo oficial
correspondiente y, de ser necesario, se exigirá su homologación por parte de la oficina diplomática española
del país de que se trate.
3.4. Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión
del proceso selectivo. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales
se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el
responsable del tratamiento de estos datos.
Cuarta.- Tramitación del procedimiento.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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