Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montemolín. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06483/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del servicio de recogida de residuos
24 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Montemolín

Anuncio 6483/2023

incluyen los aceites de cocina caducados y los aceites de conservas.
b) Residuos sanitarios de competencia municipal: Residuos generados en el
ejercicio de actividades médicas o sanitarias y que no exijan requisitos
específicos de recogida o gestión, sin ningún tipo de contaminación específica ni
riesgo de infección, ni en el interior ni en el exterior de los centros en los que se
generan, así como todos aquellos residuos generados en el ejercicio de
actividades médicas o sanitarias que presentan características similares a los
residuos generados en los hogares como consecuencia de actividades
domésticas. Están compuestos por papel, cartón, metales, vidrio, restos de
comida, residuos de jardinería, mobiliario y enseres, así como otros tipos de
residuos que normalmente se generan en estancias o áreas de un centro
sanitario o consulta médica donde no se realizan actividades propiamente
sanitarias, tales como oficinas, comedores, cafetería, almacenes, salas de espera
y similares.
c) Animales domésticos: Cualquier animal perteneciente a las especies
normalmente alimentadas y mantenidas, pero no consumidas, por los seres
humanos con fines distintos de la ganadería.
d) Establecimiento comercial: Los locales y puntos de venta, fijos, donde se
ejerzan regularmente actividades comerciales de venta de productos al por
mayor o al por menor, o de prestación al público de servicios de tal naturaleza,
así como cualesquiera otros recintos acotados que reciban aquella calificación
en virtud de disposición legal o reglamentaria.
e) Establecimiento comercial de carácter colectivo: El que está integrado por un
conjunto de locales o puntos de venta instalados en el interior de un mismo
recinto, parque o edificación, que cuenta con una única licencia de
comercialización, aunque cada uno de los locales o puntos de venta ejerce su
respectiva actividad de forma empresarialmente independiente.
f) Eventos públicos: Se entiende por tales las siguientes actividades:
- Espectáculos públicos: Aquellos eventos que congregan a un público que acude
con el objeto de presenciar una representación, actuación, exhibición o
proyección que le es ofrecida por una empresa, artistas o ejecutantes que
intervengan por cuenta de ésta.
- Actividades recreativas y deportivas: Aquellas que congregan a un público que
acude con el objeto principal de participar en la actividad o recibir los servicios
que les son ofrecidos por la empresa con fines de ocio, entretenimiento,
diversión, deporte y actividad física.
- Actividades socioculturales: Aquellas susceptibles de congregar o concentrar a
un grupo de personas con la finalidad de participar en actividades sociales y
culturales. Excluidas las de carácter político o reivindicativo, tales como
manifestaciones, mítines políticos o similares Biorresiduos: Residuos
biodegradables de jardines y parques, residuos alimentarios y de cocina
procedentes de hogares, oficinas, restaurantes, mayoristas, comedores, servicios
de restauración colectiva y establecimientos de consumo al por menor, y
residuos comparables procedentes de plantas de transformación de alimentos.
h) Residuos voluminosos: Aquellos residuos de competencia municipal que
presenten características especiales de volumen, peso o tamaño que dificulten
su recogida a través del sistema de recogida ordinaria.

Artículo 3. Marco competencial.
1. El Ayuntamiento de Montemolín prestará, como servicio obligatorio, la recogida de los residuos domésticos
generados en los hogares, comercios y servicios así como de los residuos procedentes de limpieza de vías
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 24