Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calamonte. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06591/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de ayuda a domicilio
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Ayuntamiento de Calamonte

Anuncio 6591/2023

- El plazo de solicitudes permanecerá abierto durante todos los meses del año.
- Si la solicitud no reuniese los requisitos previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de Procedimiento Administrativo
Común, o no se haya acompañado de alguno/s de los documentos exigidos en esta normativa, o se observara
la necesidad de otros documentos para proceder a la baremación, se requerirá a quien hubiese firmado la
solicitud para que en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la recepción del
requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que si no lo
hiciera se archivará el expediente previa resolución municipal.
Artículo 5.8.- Tramitación del expediente.
El/la Trabajador/a Social del Servicio Social de Atención Social Básica será el responsable del estudio y valoración de las
solicitudes presentadas, así como de la aplicación del baremo establecido en el anexo I del decreto 12/1997, de 21 de enero,
por el que se regula las prestaciones básicas de Servicios Sociales.
La propuesta técnica elaborada por el/la trabajador/a social será elevada a la Alcaldía o Concejalía delegada, quién resolverá
acerca o no de la concesión del servicio.
Artículo 5.9.- Prestaciones del servicio de ayuda a domicilio.
1.- Prestaciones de carácter doméstico.
a) Mantenimiento y limpieza o ayuda a la limpieza de la vivienda, salvo casos específicos de necesidad que
sean determinados por el técnico responsable.
b) Preparación de alimentos en el hogar.
c) Lavado a máquina, planchado, repaso y organización de la ropa dentro del hogar.
d) Adquisición de alimentos y otras compras de artículos de primera necesidad por cuenta de la persona
usuaria.
2.- Prestaciones de apoyo familiar y relaciones con el entorno.
a) Compañía para evitar situaciones de soledad y asilamiento.
b) Acompañamiento fuera del hogar, para posibilitar la participación de la persona usuaria en actividades de
carácter educativo, terapéutico y social.
c) Facilitar actividades de ocio en el domicilio.
d) Apoyo y acompañamiento para la realización de compras y trámites de asistencia sanitaria y administrativa.
e) Desarrollo e la autoestima, la valoración de sí mismo y los hábitos de cuidado personal, evitando el
aislamiento.
f) Potenciar y facilitar hábitos de convivencia y/o relaciones familiares y sociales.
g) Fomentar estilos de vida saludables y activos.
h) Apoyo y seguimiento de las pautas prescritas ante situaciones de conflicto que se generen en el seno de la
familia.
i) Cuidado y atención de los menores, tanto en el entorno del hogar como en acompañamientos a centros
escolares, de ocio, sanitarios y otros.
Las prestaciones descritas anteriormente será establecidas por el/la Trabajador/a Social, quien valorará los cuidados que
necesita la persona beneficiaria, y desarrollará las pautas de actuación en cada caso concreto, asimismo realizará la
supervisión de todas aquellas circunstancias o alteraciones en el estado de la persona usuaria, que varíe, agrave o
disminuya las necesidades de prestaciones domésticas, personales o de apoyo familiar y de relaciones con el entorno.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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