Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (06564/2023)
Convocatoria para la provisión de plazas de personal laboral fijo y fijo discontinuo, vacantes en la plantilla municipal en la oferta de empleo público de 2023
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 6564/2023

Número de plazas: 1.
Denominación: Profesor/a de Viento-Madera.
Jornada: Parcial (20 horas).
Subgrupo: A2.
Nivel: 22.
Número de plazas: 3.
Denominación: Profesor/a de Inglés.
Jornada: Parcial (25 horas).
Subgrupo: A2.
Nivel: 22.
Número de plazas: 1.
Denominación: Monitor/a de Baile.
Jornada: Completa.
Subgrupo: C2.
Nivel: 18.
Número de plazas: 1.
Denominación: Monitor/a de Danza Clásica.
Jornada: Parcial (30 horas).
Subgrupo: C2.
Nivel: 18.
Número de plazas: 1.
Denominación: Monitor/a de Artes Plásticas.
Jornada: Parcial (20 horas).
Subgrupo: C2.
Nivel: 18.
Número de plazas: 1.
Denominación: Monitor/a de Restauración.
Jornada: Parcial (20 horas).
Subgrupo: C2.
Nivel: 18.
1.2. El ingreso conllevará la adscripción a los correspondientes puestos de trabajo, con las características, condiciones de
dedicación específicas, funciones, dependencia jerárquica y restantes determinaciones que corresponden a este tipo de
puestos.
1.3. Los puestos estarán dotados con las retribuciones básicas correspondientes a los subgrupos antes indicados, según el
artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, los niveles de complemento de destino asimismo indicados y demás retribuciones
complementarias, conforme a la vigente legislación y a lo que la Corporación tenga acordado o pueda acordar.
1.4. Estarán, además, sujetos a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
1.5. En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de
13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; la Ley
13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen
las normas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la
Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y el Decreto 43/1996, de 26 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura; siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y demás normas concordantes de aplicación.
Segunda. Condiciones de las personas aspirantes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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