Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06515/2023)
Plan Estratégico de Subvenciones 2023
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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No se incluyen en este Plan, al considerarse excluidas del ámbito de aplicación de la Ley General de Subvenciones por los
apartados 2.º y 3.º del artículo 2, las transferencias o aportaciones consignadas en el presupuesto de la Corporación a favor
de su Organismo Autónomo, a las mancomunidades de municipios de las que forma parte el Ayuntamiento y a la sociedad
mercantil PRIMUMA, ni las aportaciones dinerarias que en concepto de cuotas, tanto ordinarias como extraordinarias,
realicen las entidades que integran la Administración Local a favor de las asociaciones a que se refiere la disposición
adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. A efectos de transparencia las
mismas aparecen individualizadas en las bases de ejecución del presupuesto.
Artículo 3. Ámbito temporal del Plan.
La vigencia del presente plan se ciñe al ejercicio presupuestario de 2023.
Artículo 4. Naturaleza jurídica.
El Plan estratégico de subvenciones se configura como un instrumento de gestión de carácter programático, de
planificación, carente de carácter normativo y cuyo contenido no crea derechos ni obligaciones, no supone una incidencia
directa en la esfera de los particulares, ni genera derechos ni obligaciones para el Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.
El Plan estratégico no supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir
indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica. El Plan se presenta como una guía
que, dentro del marco normativo preestablecido, marca la pauta a seguir en la línea de fomento de actividades de interés
general.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo
que consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada
momento a dichos objetivos.
Artículo 5. Principios de actuación.
La vigente normativa reguladora de las administraciones públicas en general y, en particular en lo que afecta a las
competencias de las administraciones públicas, establece una serie de principios que, como conjunto, constituyen la
expresión formal de los elementos definidores del Plan estratégico de subvenciones y el enunciado de las líneas rectoras a
las que han de ajustarse las actuaciones de los poderes públicos. De acuerdo con ello, la concesión de subvenciones por
parte del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona se realizará conforme a los siguientes principios:
a) Publicidad y concurrencia, mediante convocatoria previa en la que se garantice la concurrencia e igualdad
en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad
con lo establecido en la norma aplicable, deberá contar con las debidas disponibilidades presupuestarias, con
carácter previo.
b) Objetividad en el proceso de asignación de fondos públicos.
c) Igualdad y no discriminación, entre la ciudadanía, entre los distintos sectores y entre los colectivos.
d) Solidaridad, entendiendo la acción social como expresión primera de la justicia social, la redistribución y
actuación de los recursos de forma equitativa y la discriminación positiva, validadas por la voluntad social.
e) Transparencia en el proceso de asignación de recursos públicos, tanto el proceso de concesión, como en la
publicación de los resultados.
f) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos, con el establecimiento de un procedimiento de seguimiento y
control de las subvenciones concedidas.
g) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, con la valoración de las subvenciones y la
asignación a los proyectos más eficientes.
h) Planificación, concretada en unidad de ordenación para que la gestión garantice eficacia, agilidad y
aprovechamiento de los recursos desde su adaptación a las necesidades, su regulación homogénea y la
coordinación de los agentes que intervienen.
i) Distribución equitativa de los recursos, teniendo presentes criterios de necesidades reales junto a
consideraciones de factores económicos, culturales, demográficos, con especial atención hacia la extensión
territorial y la dispersión poblacional de nuestra provincia.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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