Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (06479/2023)
Extracto de las bases con convocatoria de subvenciones destinadas a los municipios y entidades locales menores para la dotación de centros y espacios propios con destino a la formación de capacitación para el empleo 2023-2024
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

Anualidad

Aplicación presupuestaria

2024

204/94243/76200/0800

Anuncio 6479/2023

Importe (€)
440.000

204/94300/76200/0801
Total:

880.000

La autorización o realización de los gastos imputables al ejercicio de 2024 queda subordinada al crédito que para dicho
ejercicio se autorice en el correspondiente presupuesto.
Dichos importes iniciales podrán verse incrementados en cuantías adicionales derivadas de cualquiera de los supuestos
previstos en el artículo 58.2 a) del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuya
aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.
La efectividad de dichas cuantías adicionales queda condicionada a la disponibilidad del crédito presupuestario previa a la
modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de las subvenciones.
Los créditos destinados a cada una de las aplicaciones presupuestarias en cada anualidad dependerán del número de
municipios, por una parte, y de entidades locales menores, por otra, que resulten beneficiarios de las subvenciones, así
como de las respectivas cuantías de las mismas.
Cuarto.- Solicitudes.
El plazo para presentar la solicitud será de 10 días a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y se dirigirá, acompañada del resto de documentación requerida en
las presentes bases, al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de Badajoz.
Las solicitudes se tramitarán exclusivamente a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación
de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación
de Badajoz, no admitiéndose ninguna solicitud que tenga entrada por cualquier otro medio.
La presentación de las solicitudes, a través de la sede electrónica podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido y el acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la entidad local, siguiendo los
pasos indicados en la base 7.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Los documentos electrónicos aportados junto con la solicitud, debidamente firmados por el órgano competente, se
considerarán copias electrónicas auténticas de los documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará
mediante la utilización de firma electrónica con la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas.
La presentación de la solicitud implicará que se autoriza expresamente a la Diputación Provincial de Badajoz para el
tratamiento automatizado de todos los datos contenidos en ella, según lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención por parte del
solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
Las entidades interesadas deberán presentar su solicitud en el modelo que figura como anexo I de esta convocatoria,
acompañada de la siguiente documentación:
1. Una memoria descriptiva de los siguientes aspectos, en forma resumida:
a) Especialidad o especialidades formativas a impartir a las que se pretende destinar
principalmente el equipamiento solicitado, necesidades formativas a cubrir a cubrir y público
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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