Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Lapa. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06364/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 26/10/2023 sobre la aprobación de las bases reguladoras de las ayudas a la natalidad-adopción
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Ayuntamiento de La Lapa

Anuncio 6364/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Lapa
La Lapa (Badajoz)
Anuncio 6364/2023
Corrección de error en edicto publicado el 26/10/2023 sobre la aprobación de las bases reguladoras de las ayudas a la
natalidad-adopción

"CORRECCIÓN DE ERRORES DEL ANUNCIO 5787/2023 DE FECHA 26/10/2023 DEL AYUNTAMIENTO DE LA LAPA, SOBRE
APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LA NATALIDAD-ADOPCIÓN"
Advertido error en el anuncio 5787/2023, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 205 de
26/10/2023 del Ayuntamiento de La Lapa, sobre aprobación de las bases reguladoras de las ayudas a la natalidad-adopción,
se procede a su rectificación en los siguientes términos:
Se hace público, para general conocimiento, que, por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, adoptado en sesión ordinaria
de fecha 27 de septiembre de 2023, se han aprobado las bases específicas con convocatoria reguladoras de la concesión de
ayudas a la natalidad-adopción del Ayuntamiento de la Lapa, con el siguiente tenor literal:
BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LA NATALIDAD-ADOPCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA LAPA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Este Ayuntamiento ha detectado que en los últimos años existe una clara tendencia a la disminución de la población, hecho
que implica graves consecuencias para el municipio ya que, si no se cambia la tendencia, llegará un momento en que la
escasa población impedirá atender unos servicios públicos adecuados y dignos, por otra parte, imprescindibles en los
tiempos actuales. Y no disponiendo de los servicios aludidos, aún se incrementará más la tendencia a no residir en la
localidad en busca de servicios que aumenten la calidad de vida de los ciudadanos.
Atendiendo a los datos padronales oficiales, se observa que en los últimos años se ha perdido población. Asimismo,
explotados los datos del último Padrón, se observa que existe una clara tendencia a la existencia de mayor número de
defunciones que de nacimientos.
Independientemente de que las competencias en cuanto a ordenación territorial corresponde a la Comunidad Autónoma,
este Ayuntamiento, no obstante, no puede permanecer impasible ante la situación, por lo que considera oportuno
establecer medidas propias de fomento de la natalidad.
Artículo 1. Objeto y fundamento jurídico.
El objeto de las presentes bases es regular las condiciones y régimen jurídico para la concesión de ayudas para el fomento
de la natalidad en el Ayuntamiento de La lapa.
Para ello, en las presentes bases se establecen los requisitos para optar a una ayuda económica para adquirir productos
específicos para él bebe.
Estas bases tienen su fundamento legal en los artículos 2 y 25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.
Artículo 2. Beneficiarios.
Podrán beneficiarse de las ayudas reguladas en estas bases los progenitores empadronados en el Ayuntamiento de la Lapa,
con una antelación mínima al momento del alumbramiento o de la adopción de al menos 12 meses, que cumplan los
requisitos establecidos en las presentes bases.
El reconocimiento de cada ayuda se realizará a favor de ambos progenitores conjuntamente.
En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el beneficiario será aquel a quien se otorgue la
custodia del hijo por el que se concede la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en el convenio regulador o en la
sentencia judicial correspondiente.
No podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad de los hijos por cuyo
nacimiento se otorga la subvención, así como tampoco se otorgará la ayuda en caso de que la tutela haya sido asumida o
concedida a una institución pública.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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