Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06376/2023)
Aprobación de la oferta de empleo público para 2023
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 6376/2023

En virtud de todo lo anteriormente expuesto, las partes firmantes, de manera unánime,
ACUERDAN:
Primero.- Aprobación de la oferta de empleo público para el año 2023.
1.º.1.- En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 29 de la
Ley Función Pública de Extremadura, aprobada por la Ley 13/2015 de 8 abril, y artículo 20 La Ley 31/2022, de
23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, aprobar la oferta de empleo público
de este Ayuntamiento para el año 2023, con la finalidad de proveer las necesidades de personal de nuevo
ingreso con asignación presupuestaria.
Todas las plazas que se ofertan se consideran de urgente cobertura y en su determinación se han aplicado los
límites dispuestos por la tasa de reposición de efectivos.
1.º.2.- La OEP descrita en los puntos anteriores deberá tramitarse a la mayor brevedad posible para cumplir
con los plazos que se establecen.
Segundo.- Plazas objeto de la OEP del año 2023.
2.º.1.- Determina el artículo 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, que para calcular la
tasa de reposición de efectivos, el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre
el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y
el número de empleados fijos que se hubieran incorporado, en el referido ejercicio, por cualquier causa o
reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. No computando
únicamente: incorporaciones de ejecución de ofertas de empleo anteriores; plazas convocadas por
promoción interna, ni los ceses derivados de esos procesos; plazas del personal declarado indefinido no fijo
por sentencia judicial; las necesarias para la puesta en marcha de nuevos servicios impuestos por norma; así
como en el caso de los servicios públicos que pasen a ser prestados mediante gestión directa, el número de
plazas que las empresas externas destinaban a la prestación de ese servicio concreto.
Del examen de los datos obrantes en la Sección de Recursos Humanos, al efecto del cálculo de la tasa de
reposición, se constata que durante el año 2022, se produjeron 7 bajas y ninguna incorporación,
perteneciendo todas las bajas a sectores no prioritarios.
2.º.2.- Corresponde, por lo tanto, aplicar una tasa de reposición de efectivos del 110 por cien, lo que arroja
una tasa de reposición de 8 plazas, que se emplearán en reponer plazas tanto de sectores prioritarios como
no prioritarios.
Se ha acumulado tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos no prioritarios a prioritarios, como
es el caso de la Policía Local y la gestión de recursos públicos o el personal que presta atención a los
ciudadanos en los servicios públicos.
2.º.3.- Se han incluido plazas ocupadas por personal interino por vacante y personal laboral temporal por
vacantes nombradas en el año 2023, o anteriores.
2.º.4.- Por lo anteriormente expuesto, se pretende la cobertura de las plazas que se detallan en el anexo de
este acuerdo, identificando sus características y particularidades en su provisión.
Tercero.- Plazas reservadas a discapacidad
Examinadas las plantillas orgánicas, las plazas reservadas a discapacidad pendientes de convocatoria, así
como el número de personas con discapacidad que ocupan puestos de trabajo de carácter permanente.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 11 del vigente Acuerdo de los Empleados Públicos de este
Ayuntamiento, no se hace necesario destinar plaza a esta reservada al haberse alcanzado el 2% de los
efectivos totales de plantilla.
No obstante, se determina en todas las convocatorias se incluirán la posibilidad de que los aspirantes con
discapacidad, puedan pedir las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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