Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06381/2023)
Aprobación definitiva de la creación del Consejo Sectorial de personas con discapacidad y su Reglamento de funcionamiento
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Ayuntamiento de Don Benito

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discapacidad.
3.- Resaltar el importante papel de las personas con discapacidad en la sociedad.
4.- Crear canales de comunicación y asesoramiento sobre todos los asuntos que afectan a la calidad de la vida
del colectivo al que representan.
5.- Potenciar y optimizar en las personas discapacitadas y en la sociedad en general, una toma de conciencia
de sus derechos como ciudadanos.
6.- Canalizar la participación de las personas con discapacidad en los asuntos municipales que les afecten,
mediante informes y propuestas, así como a través de asesoramiento, estudio y consulta.
Artículo 2: Régimen jurídico.
El Consejo Sectorial se rige por la normativa contenida en el presente Reglamento y su ámbito de actuación y cobertura es el
término municipal de Don Benito, incluyendo por tanto también a sus entidades locales menores y a la Pedanía de
Conquista del Guadiana.
Artículo 3: Atribuciones.
Los acuerdos que adopte el Consejo tendrán carácter de informe o petición, que se elevarán a los órganos de gobierno
municipal.
Son atribuciones del Consejo:
1.- Velar por el cumplimiento en el término municipal de Don Benito, de las normas establecidas en el
ordenamiento jurídico referidas a las personas con discapacidad.
2.- Informar, a requerimiento del Ayuntamiento, sobre las políticas públicas municipales referidas a la
discapacidad.
3.- Elevar propuestas a los servicios municipales que correspondan sobre cualquier materia relacionada con la
discapacidad.
4.- Fomentar la participación directa y descentralizada de la ciudadanía y entidades en la actividad del
Ayuntamiento, estableciendo a este efecto los mecanismos necesarios de información, impulso y seguimiento
de sus actividades.
5.- Recabar propuestas ciudadanas relativas al funcionamiento de los servicios y/o actuaciones municipales
en el ámbito del Consejo, así como informar, participar y proponer acuerdos.
6.- Informar a los órganos de gobierno del Ayuntamiento del funcionamiento de los servicios municipales
concernientes al área de personas con discapacidad, planteando propuestas.
7.- Analizar los elementos de los Planes de actuación municipal que afecten a la discapacidad.
8.- Promover la mayor información y publicidad posibles sobre las actividades y acuerdos municipales
vinculados a la discapacidad.
Artículo 4: Composición.
El Consejo Sectorial de personas con discapacidad, estará integrado por los siguientes miembros:
Presidencia: La Alcaldía o Concejal/a en quien delegue.
Vocales:
- El/la titular de la Concejalía de Políticas Sociales.
- Dos representantes de cada asociación y entidad que trabaje por las personas con discapacidad de Don
Benito (una persona con discapacidad y un técnico).
- La Coordinadora de los Servicios Sociales Municipales.
- Un representante de la Consejería de la Junta de Extremadura competente en la materia.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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