Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas" (Villanueva de la Serena). Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06329/2023)
Delegación de atribuciones de la Asamblea en la Junta de Gobierno
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Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas"

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas"
Villanueva de la Serena (Badajoz)
Anuncio 6329/2023
Delegación de atribuciones de la Asamblea en la Junta de Gobierno

A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 51.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se hace público para general
conocimiento que la Asamblea, en sesión extraordinaria celebrada el día 6 de octubre de 2023, ha acordado lo siguiente:
"Primero.- Delegar en favor de la Junta de Gobierno, como órgano colegiado, el ejercicio de las siguientes
atribuciones que originariamente tiene asignadas la Asamblea:
- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Mancomunidad en
materias de competencia de la Asamblea.
- La declaración de lesividad de los actos de la Mancomunidad.
- La concertación de las operaciones de crédito, excepto las de tesorería, cuya cuantía
acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10% de los recursos ordinarios del
presupuesto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
- La concertación de las operaciones de tesorería, cuando el importe acumulado de las
operaciones vivas en cada momento supere el 15% de los ingresos corrientes liquidados en el
ejercicio anterior, de conformidad con lo dispuesto en la Ley reguladora de las Haciendas
Locales.
- La fijación y modificación de precios públicos por la prestación de servicios de la competencia
de la Mancomunidad, de conformidad con lo dispuesto en la Ley reguladora de las Haciendas
Locales.
- La formulación de alegaciones y sugerencias en los trámites de aprobación de planes,
proyectos y todo tipo de actuaciones que lleven a cabo las entidades públicas, que afecten al
ámbito territorial de la Mancomunidad.
- La autorización o denegación de la compatibilidad del personal al servicio de la
Mancomunidad para el ejercicio de un segundo puesto o actividad en el sector público y la
resolución motivada de las solicitudes de compatibilidad para el ejercicio de actividades
privadas, de conformidad con lo previsto en la normativa sobre incompatibilidades del
personal al servicio de las administraciones públicas.
- La aprobación de convenios, excepto los urbanísticos y los que versen sobre transferencias de
funciones o actividades o aceptación de delegaciones.
- La aceptación de la cesión gratuita de bienes o derechos, donaciones, herencias, legados y de
todo tipo de bienes y derechos transmisibles, incluso las cesiones gratuitas que lleven anejas
condiciones o modalidades onerosas.
- La aceptación de bienes adjudicados a la Mancomunidad en procedimientos judiciales o
administrativos.
- La solicitud de subvenciones a otras Administraciones Públicas y la aceptación de las
concedidas cuando la normativa general o la específica aplicable al caso requiera acuerdo
plenario para ello.
- Las siguientes competencias que corresponden a la Asamblea, como órgano de contratación,
según la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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