Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06319/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal laboral fijo, mediante el sistema de oposición libre, dos plazas de Profesor de Música y Movimiento del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 6319/2023

aspirantes que han superado el proceso selectivo.
2. En cualquier momento del desarrollo de los ejercicios, el Tribunal de selección podrá requerir a los/as
aspirantes para que acrediten su identidad.
3. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de selección o del
órgano convocante, que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la
convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se
iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al
interesado/a. El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al
interesado/a.
Novena.- Calificación de los ejercicios.
1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para pasar al ejercicio
siguiente el obtener un mínimo de 5 puntos. La calificación de todos los ejercicios será expresada con 2
decimales.
2. La calificación del primer ejercicio se realizará de conformidad con la fórmula aciertos – (errores/3), siendo
necesario obtener, como mínimo, una puntuación directa equivalente al 50% de las preguntas válidas del
examen, una vez aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba. Las preguntas no contestadas no
tendrán valoración alguna.
3. El segundo ejercicio será valorado por la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por los miembros
del Tribunal. En el supuesto que alguna de las puntuaciones otorgadas difiera en más de 2 puntos, por exceso
o por defecto, de la media, serán eliminadas estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no
eliminadas. Para considerar aprobado el ejercicio será necesario obtener una puntuación de, al menos, 5
puntos.
4. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en su página web, la relación de los aspirantes
que hayan superado el mismo, con especificación de las puntuaciones obtenidas.
5. La puntuación final y el orden de aprobados vendrán determinados por la suma de la puntuación obtenida
en los 2 ejercicios. En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mejor puntuación obtenida en el
primer ejercicio; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, y, por último, si aún
persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo. Para superar el proceso selectivo deben aprobarse todos
los ejercicios que integran la convocatoria.
Décima.- Resolución de la convocatoria.
1. Una vez finalizadas todas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden
de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta de nombramiento como personal laboral fijo
en las plazas convocadas, de quienes hayan obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el
acceso a la condición de personal laboral fijo de un número superior de aspirantes al de plazas convocadas,
siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta limitación.
2. Con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, los aspirantes que hayan superado los
ejercicios de la convocatoria sin haber obtenido plaza, pasarán a constituir una bolsa de trabajo con el fin de
atender a futuras necesidades de personal temporal o para su nombramiento como funcionarios interinos,
en la categoría de la plaza convocada, que pudieran producirse en este Ayuntamiento, dejando sin efecto las
bolsas de trabajo anteriores. Respecto a la formación de la bolsa de trabajo mencionada, se actuará de
conformidad al reglamento de gestión de bolsas de trabajo que se encuentre vigente en la fecha de
constitución de dicha bolsa de trabajo.
3. Las personas seleccionadas deberán registrar y dirigir al servicio de recursos del Ayuntamiento de Badajoz,
dentro del plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de
aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos
exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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