Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06319/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal laboral fijo, mediante el sistema de oposición libre, dos plazas de Profesor de Música y Movimiento del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 6319/2023

fundadas de que alguno de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y
funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos
técnicos competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de 15 días y tendrá carácter de determinante
para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al interesado, al objeto de que pueda formular las
alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa
audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano
competente. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir
participando condicionadamente en el proceso selectivo.
Séptima.- Desarrollo de la convocatoria.
1. El sistema de selección será el de oposición libre, la cual constará de los siguientes ejercicios, todos ellos
obligatorios y eliminatorios:
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de 95 minutos, a un cuestionario tipo
test de 80 preguntas más 10 adicionales como reserva, con 4 opciones de respuesta, siendo
únicamente una de ellas correcta, relacionadas con el temario recogido en el anexo I.
El cuestionario que se proponga contendrá diez preguntas adicionales como reservas, las
cuales sustituirán, siguiendo el mismo orden en el que estén planteadas, a las preguntas que,
en su caso, pudieran ser objeto de anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán impugnar preguntas o
reclamar contra las respuestas dadas por correctas, mediante escrito dirigido al Tribunal
Calificador en un plazo de 5 días hábiles a partir de la publicación de la plantilla de respuestas
en la página del Ayuntamiento de Badajoz. Si el Tribunal Calificador estimara alguna de las
reclamaciones, se publicará una nueva plantilla de respuestas en dicha web antes de la
publicación del listado de aspirantes que superen la prueba.
Segundo ejercicio:
Consistirá en la interpretación de una obra libre con una duración máxima de 5 minutos con el
instrumento que aporte el/la aspirante. El Tribunal podrá dar por finalizada la interpretación
cuando estime oportuno.

Octava.- Desarrollo del proceso selectivo.
1. Con carácter general, los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio de la fase de oposición en
llamamiento único, siendo excluidos/as quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados que serán apreciados y ponderados por el Tribunal de selección. Además de lo
anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres y de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con
motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tenga
que participar.
A efectos de lo previsto en los apartados anteriores los/as aspirantes deberán presentar, si fuera posible
dentro del plazo de los 5 días hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los 5 días hábiles
posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido al presidente del Tribunal de selección
comunicando el hecho de la hospitalización o de la causa de fuerza mayor acontecida, y adjuntando informe
médico u otra documentación justificativa que lo acredite, junto con la solicitud expresa del deseo de la
realización de la prueba. En cualquier caso, la situación del/de la aspirante quedará condicionada a la
finalización del proceso selectivo y a la superación de los ejercicios que hayan quedado aplazados, no
pudiendo demorarse estos de manera que se menoscabe el derecho del resto de los/as aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de selección
y, en todo caso, la realización de los mismos tendrá lugar antes de la publicación de las listas provisionales de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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