Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Nogales. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (06274/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de la gestión de residuos del punto limpio del Ayuntamiento de Nogales
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Ayuntamiento de Nogales

Anuncio 6274/2023

Residuo

Cantidad máxima

Observaciones

Electrodomésticos no fríos y
electrónicos (TV, lavadoras, etc.)

Normal producción doméstica De producción doméstica

Papel y cartón

5 kg, entrega y día

De producción doméstica

Plásticos

5 kg, entrega y día

De producción doméstica

Vidrio

10 kg, entrega y día

De producción doméstica

Artículo 9. Forma de presentación de los residuos.
Para la recogida de los residuos anteriormente mencionados, estos deberán entregarse de acuerdo a unas normas de
presentación, las cuales son:
Papel y cartón: Las cajas de cartón se deberán abrir y comprimir para reducir el volumen de los residuos. Asimismo,
el papel se deberá presentar en bolsas o cajas cerradas para evitar su esparcimiento.
Vidrio, fluorescentes y cristales varios: Los residuos de cristales deberán acondicionarse de tal forma que se evite su
rotura y pueda ocasionar riesgos de seguridad para las personas encargadas en la manipulación de los residuos.
Plástico: Se presentará libre de restos orgánicos y debidamente plegado para reducir su volumen.
Residuos vegetales: La longitud de las ramas no excederá de un metro.
Frigoríficos y electrodomésticos con CDC: Se entregarán son que produzca rotura de circuito de refrigeración.
Artículo 10. Residuos no admisibles.
No se podrán depositar los siguientes residuos:
Restos de comida.
Residuos orgánicos.
Residuos industriales.
Residuos sanitarios e infecciosos.
Residuos agrícolas y ganaderos.
Neumáticos.
Animales muertos y desperdicios de origen animal regulados por el Reglamento (CE) 1774/2022.
Productos tóxicos y peligrosos, así como los envases que los hayan contenido, tal como se regula el Real Decreto
952/1997, de 20 de junio.
Materiales sin clasificar o identificar.
El encargado del punto limpio podrá rechazar aquellos residuos que por su naturaleza o volumen no puedan ser admitidos.
Artículo 11. Descripción de las instalaciones.
Las instalaciones donde se halla el punto limpio consisten en un recinto cerrado, vallado y equipado con contenedores para
los distintos tipos de residuos.
La zona de acopio dispone de espacio suficiente para realizar las actividades de descarga de los residuos, pudiendo
maniobrar correctamente, tanto los vehículos particulares, como los vehículos recogedores de los residuos.
Los contenedores llevan un letrero visible que indica el nombre del material que se puede depositar en su interior.
Artículo 12. -Horario, funcionamiento y gestión.
El punto limpio permanecerá abierto los días lunes y jueves de 10:30 horas a 12:30 horas.
Será necesario que los usuarios aporten los residuos previamente separados y los depositen en los contenedores
específicos para cada fracción.
Cuando el usuario llega al punto limpio, el encargado deberá de comprobar si los materiales aportados son aceptables en la
instalación.
Si se trata de materiales aceptados, el encargado deberá de registrar los datos de usuario necesarios en una fecha de
entrada al punto limpio. En caso contrario, deberá informar al encargado del motivo de la no aceptación de los materiales. El
encargado no aceptará los residuos del usuario que no respete el procedimiento establecido.
Las entregas serán anotadas por el encargado en un libro de Registro para control interno en que contarán:
Identificación completa del usuario mediante la exhibición de su DNI.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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