Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana. (06240/2023)
Bases reguladoras para la concesión de ayudas para garantizar el acceso a los servicios de suministro de mínimos vitales
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Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana

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8. Obligaciones de los beneficiarios y perceptores.
Las personas beneficiarias de las ayudas para suministros mínimos vitales vendrá obligadas a:
a) Comunicar en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que se produzca, cualquier modificación de las
circunstancias económicas, de convivencia o de cualquier otro tipo que pudiera dar lugar a la modificación o
extinción de la ayuda una vez reconocida.
b) Reintegrar las cantidades indebidamente abonadas como consecuencia de no haber comunicado en plazo
la variación de las circunstancias que dieron lugar a la concesión de la ayuda.
c) Consentir la trasmisión de sus datos a las entidades suministradoras para la tramitación y el pago de la
ayuda, sin perjuicio del ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento,
oposición y/o portabilidad, de conformidad con lo dispuestos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo.
d) Solicitar el bono social en el caso de cumplir los requisitos establecidos en la normativa estatal para ser
beneficiara del mismo.
9. Régimen jurídico y protección de datos.
Las subvenciones que se otorguen se regirán por las presentes bases, así como por la Ley General de Subvenciones, por las
resoluciones del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración
Económica Municipal para Suministros de Mínimos Vitales de cada ejercicio, por el decreto 11/2011, de 17 de marzo, por el
que se establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del programa de Colaboración Económica
Municipal para Suministro Mínimos Vitales y demás disposiciones que resulten de aplicación.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre sobre protección de datos de carácter personal, los datos
de carácter personal y la información facilitada por los solicitantes será incorporadas y tratadas en un fichero informatizado
del que es responsable el Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana y cuya finalidad es facilitar la gestión administrativa
que le es propia. El interesado podrá en todo momento, y de conformidad con la legislación vigente, ejercer sus derechos de
acceso, rectificación y cancelación por medio de solicitud dirigida al Ayuntamiento.
Pueblonuevo del Guadiana, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Pedro Pablo González Merino.

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