Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05792/2023)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con Escuelas Municipales de Música durante 2024
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud
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Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no
reúna los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o
acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido
de su petición, conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud se efectuará a través del Registro electrónico ubicado en la sede
electrónica de la Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la Entidad Local. Los pasos a seguir
para realizar el acceso son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. Trámites entidades locales y AA PP.
3. En trámites por delegaciones seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
4. Seleccionar el trámite remisión de documentación para la subsanación de la solicitud de
subvención de convocatorias de concurrencia competitiva.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la Entidad Local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la Entidad Local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la subsanación de la solicitud.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos para la subsanación.
9. Verificar los datos del interesado y representante, así como la documentación adjuntada
para la subsanación.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos
observados, el órgano instructor elaborará un informe motivado de preevaluación sobre las propuestas
presentadas, dando como resultado las cantidades a subvencionar a los ayuntamientos beneficiarios.
2.- Comisión de Valoración.
Se creará una Comisión de Valoración para examinar y valorar las solicitudes, a la vista del informe de
preevaluación, siendo su composición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.7 de la Ordenanza
general de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz, la siguiente:
1. Presidente: Director/a del Área de Cultura, Deportes y Juventud o funcionario en quien
delegue.
2. Vocales: Dos empleados públicos provinciales de la Diputación Provincial de Badajoz,
designados por el órgano convocante.
3. Interventor General de la Corporación o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
4. Secretario General de la Diputación de Badajoz o persona en quien delegue, con voz pero sin
voto.
5. Secretario de la Comisión de Valoración: Un\a funcionario\a del Servicio de Actividades
Culturales y Deportivas, con voz pero sin voto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no
reúna los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o
acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido
de su petición, conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud se efectuará a través del Registro electrónico ubicado en la sede
electrónica de la Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la Entidad Local. Los pasos a seguir
para realizar el acceso son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. Trámites entidades locales y AA PP.
3. En trámites por delegaciones seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
4. Seleccionar el trámite remisión de documentación para la subsanación de la solicitud de
subvención de convocatorias de concurrencia competitiva.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la Entidad Local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la Entidad Local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la subsanación de la solicitud.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos para la subsanación.
9. Verificar los datos del interesado y representante, así como la documentación adjuntada
para la subsanación.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos
observados, el órgano instructor elaborará un informe motivado de preevaluación sobre las propuestas
presentadas, dando como resultado las cantidades a subvencionar a los ayuntamientos beneficiarios.
2.- Comisión de Valoración.
Se creará una Comisión de Valoración para examinar y valorar las solicitudes, a la vista del informe de
preevaluación, siendo su composición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.7 de la Ordenanza
general de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz, la siguiente:
1. Presidente: Director/a del Área de Cultura, Deportes y Juventud o funcionario en quien
delegue.
2. Vocales: Dos empleados públicos provinciales de la Diputación Provincial de Badajoz,
designados por el órgano convocante.
3. Interventor General de la Corporación o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
4. Secretario General de la Diputación de Badajoz o persona en quien delegue, con voz pero sin
voto.
5. Secretario de la Comisión de Valoración: Un\a funcionario\a del Servicio de Actividades
Culturales y Deportivas, con voz pero sin voto.
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