Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05792/2023)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con Escuelas Municipales de Música durante 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 5792/2023
g. Comunicación a través del correo cultura@dip-badajoz.es a la Diputación de Badajoz de cualquier acto
público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que pueda realizarse con motivo de la
realización de la actividad subvencionada para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el
mismo.
h. Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de estas obligaciones establecidas en esta base 9 podrá dar lugar a los
correspondientes requerimientos y en su caso, el inicio del expediente de reintegro.
Base 10. Justificación de la subvención. Estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 €, y conforme al artículo 75 del Reglamento de la
Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de Justificación y pago de las actuaciones: El pago de los gastos y la justificación de la subvención
otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2025. No obstante la justificación podrá
presentarse desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución,
hasta el 31 de enero de 2025.
B. Forma de remisión de la Justificación: El expediente justificativo se tramitará exclusivamente a través del
Registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección
https://sede.dip-badajoz.es de Diputación de Badajoz, y conforme a la Ordenanza reguladora del
procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz y sus
entidades y organismos dependientes, y en aplicación de la legislación de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
C. Justificación Técnica: Se deberá presentar la siguiente documentación:
Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga referencia a las
actividades realizadas y a los resultados obtenidos, y que adjuntará copia del material documental e
informativo (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar el proyecto, destacando dónde se ha
hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen corporativa. Además deberá incluir
declaración de que el objeto de la subvención se ha ejecutado y que la subvención concedida ha sido
destinada a los fines para los cuales se otorgó.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta Diputación, está
referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las diferentes notas de
prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas que les realicen, foros a los
que asistan, videos que editen, cartelería u otros similares donde difundan la actividad subvencionada,
haciendo constar siempre la imagen corporativa de esta Diputación. De todo ello deberán dejar constancia en
la memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para
su aportación.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
En lo relativo a la difusión y publicidad de las subvenciones concedidas por Diputación de Badajoz se estará a
lo dispuesto en el manual de difusión de la actividad subvencionada que se encuentra disponible en la página
web
de
Diputación
de
Badajoz
en
el
siguiente
enlace
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que pueda realizarse con motivo de la
realización de la actividad subvencionada para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el
mismo.
h. Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de estas obligaciones establecidas en esta base 9 podrá dar lugar a los
correspondientes requerimientos y en su caso, el inicio del expediente de reintegro.
Base 10. Justificación de la subvención. Estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 €, y conforme al artículo 75 del Reglamento de la
Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de Justificación y pago de las actuaciones: El pago de los gastos y la justificación de la subvención
otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2025. No obstante la justificación podrá
presentarse desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución,
hasta el 31 de enero de 2025.
B. Forma de remisión de la Justificación: El expediente justificativo se tramitará exclusivamente a través del
Registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección
https://sede.dip-badajoz.es de Diputación de Badajoz, y conforme a la Ordenanza reguladora del
procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz y sus
entidades y organismos dependientes, y en aplicación de la legislación de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
C. Justificación Técnica: Se deberá presentar la siguiente documentación:
Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga referencia a las
actividades realizadas y a los resultados obtenidos, y que adjuntará copia del material documental e
informativo (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar el proyecto, destacando dónde se ha
hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen corporativa. Además deberá incluir
declaración de que el objeto de la subvención se ha ejecutado y que la subvención concedida ha sido
destinada a los fines para los cuales se otorgó.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta Diputación, está
referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las diferentes notas de
prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas que les realicen, foros a los
que asistan, videos que editen, cartelería u otros similares donde difundan la actividad subvencionada,
haciendo constar siempre la imagen corporativa de esta Diputación. De todo ello deberán dejar constancia en
la memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para
su aportación.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
En lo relativo a la difusión y publicidad de las subvenciones concedidas por Diputación de Badajoz se estará a
lo dispuesto en el manual de difusión de la actividad subvencionada que se encuentra disponible en la página
web
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