Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06184/2023)
Bases de la convocatoria de oferta de plazas de alumnado en la Escuela Provincial de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz para el curso 2024
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Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia"
Anuncio 6184/2023
Escuela de Tauromaquia en el curso 2023, cuenten con informe favorable de los Directores Artístico y Docente
de la misma y residentes en un municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b.- Los solicitantes que estando cursando educación secundaria obligatoria hayan sido alumnos de la
Escuela de Tauromaquia en el curso 2023, cuenten con informe favorable de los Directores Artístico y Docente
de la misma y residentes en un municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c.- En tercer lugar, quienes no estén cursando estudios, hayan sido alumnos de la Escuela de Tauromaquia en
el curso 2023, cuenten con informe favorable de los Directores Artístico y Docente de la misma y residentes
en un municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d.- En cuarto lugar, los solicitantes que residan en la Comunidad Autónoma de Extremadura y reúnan los
requisitos de presentación de instancia según la base 5 de esta convocatoria.
e.- En quinto lugar, los alumnos procedentes de otras Escuelas Taurinas Nacionales e Internacionales,
teniendo prioridad en este apartado aquellos procedentes de Escuelas con las que se tenga suscrito convenio,
intercambios, acuerdos o similares.
f.- En sexto lugar, los alumnos que estén cursando estudios primarios o educación secundaria obligatoria con
independencia del lugar de residencia.
g.- Y por último, el resto de solicitudes.
Si aplicando el criterio de adjudicación establecido en el apartado a) anterior, resulta que el número de solicitantes que
cumplieran los requisitos fuera superior al de plazas ofertadas se procederá por el Consejo Rector del Patronato Provincial
de la Escuela de Tauromaquia a celebrar sorteo público del que resulten los adjudicatarios de las plazas.
Si tras aplicar el criterio establecido en el apartado a) resultan plazas vacantes y el número de aspirantes que cumplen con el
criterio establecido en el apartado b) es superior al de plazas a cubrir se procederá de igual forma a la establecida en el
apartado anterior.
Se procederá de igual forma en el supuesto de aplicar los criterios establecidos en los apartados c, d), e), f) y g) cuando el
número de aspirantes exceda del número de plazas a cubrir.
El resto de aspirantes que no hayan resultado adjudicatario de una plaza conforme a los criterios y procedimiento
establecidos en este artículo se integrarán en una lista de espera que será de aplicación en el supuesto de que durante el
desarrollo del curso se produjera alguna vacante como consecuencia de lo establecido en la base 10 de esta convocatoria.
Base n.º 10. Resolución de adjudicación de plazas.
A la vista del acuerdo adoptado por el Consejo Rector de adjudicación de plazas, la Diputada delegada del Patronato Escuela
de Tauromaquia emitirá la correspondiente resolución con la relación definitiva de alumnos admitidos de la Escuela de
Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, durante el curso 2024, en el plazo máximo de 3 meses naturales a contar desde
la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo anterior sin que se haya dictado y notificado
resolución expresa se entenderá desestimado por silencio administrativo.
La notificación de la resolución de adjudicación de plazas se realizará a través del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, sin perjuicio de su publicidad a través de la Web la OA Patronato Diputación Provincial de
Badajoz https://www.dip-badajoz.es/tauromaquia/index.php y tablón de anuncio en la sede de la Escuela.
Base n.º 11. Obligación del alumnado.
El alumnado que resulte adjudicatario de una plaza en la Escuela de Tauromaquia así como padre, madre,
tutor/a, de un menor, se obliga a:
- A cumplir y acatar lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela Provincial
de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz con plena sujeción al mismo así como a la
legislación vigente.
- El alumnado que esté cursando estudios de enseñanza obligatoria, deberá presentar, con
carácter trimestral, a la Dirección Docente un certificado que acredite su asistencia regular al
centro docente donde curse sus estudios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Escuela de Tauromaquia en el curso 2023, cuenten con informe favorable de los Directores Artístico y Docente
de la misma y residentes en un municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b.- Los solicitantes que estando cursando educación secundaria obligatoria hayan sido alumnos de la
Escuela de Tauromaquia en el curso 2023, cuenten con informe favorable de los Directores Artístico y Docente
de la misma y residentes en un municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c.- En tercer lugar, quienes no estén cursando estudios, hayan sido alumnos de la Escuela de Tauromaquia en
el curso 2023, cuenten con informe favorable de los Directores Artístico y Docente de la misma y residentes
en un municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d.- En cuarto lugar, los solicitantes que residan en la Comunidad Autónoma de Extremadura y reúnan los
requisitos de presentación de instancia según la base 5 de esta convocatoria.
e.- En quinto lugar, los alumnos procedentes de otras Escuelas Taurinas Nacionales e Internacionales,
teniendo prioridad en este apartado aquellos procedentes de Escuelas con las que se tenga suscrito convenio,
intercambios, acuerdos o similares.
f.- En sexto lugar, los alumnos que estén cursando estudios primarios o educación secundaria obligatoria con
independencia del lugar de residencia.
g.- Y por último, el resto de solicitudes.
Si aplicando el criterio de adjudicación establecido en el apartado a) anterior, resulta que el número de solicitantes que
cumplieran los requisitos fuera superior al de plazas ofertadas se procederá por el Consejo Rector del Patronato Provincial
de la Escuela de Tauromaquia a celebrar sorteo público del que resulten los adjudicatarios de las plazas.
Si tras aplicar el criterio establecido en el apartado a) resultan plazas vacantes y el número de aspirantes que cumplen con el
criterio establecido en el apartado b) es superior al de plazas a cubrir se procederá de igual forma a la establecida en el
apartado anterior.
Se procederá de igual forma en el supuesto de aplicar los criterios establecidos en los apartados c, d), e), f) y g) cuando el
número de aspirantes exceda del número de plazas a cubrir.
El resto de aspirantes que no hayan resultado adjudicatario de una plaza conforme a los criterios y procedimiento
establecidos en este artículo se integrarán en una lista de espera que será de aplicación en el supuesto de que durante el
desarrollo del curso se produjera alguna vacante como consecuencia de lo establecido en la base 10 de esta convocatoria.
Base n.º 10. Resolución de adjudicación de plazas.
A la vista del acuerdo adoptado por el Consejo Rector de adjudicación de plazas, la Diputada delegada del Patronato Escuela
de Tauromaquia emitirá la correspondiente resolución con la relación definitiva de alumnos admitidos de la Escuela de
Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, durante el curso 2024, en el plazo máximo de 3 meses naturales a contar desde
la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo anterior sin que se haya dictado y notificado
resolución expresa se entenderá desestimado por silencio administrativo.
La notificación de la resolución de adjudicación de plazas se realizará a través del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, sin perjuicio de su publicidad a través de la Web la OA Patronato Diputación Provincial de
Badajoz https://www.dip-badajoz.es/tauromaquia/index.php y tablón de anuncio en la sede de la Escuela.
Base n.º 11. Obligación del alumnado.
El alumnado que resulte adjudicatario de una plaza en la Escuela de Tauromaquia así como padre, madre,
tutor/a, de un menor, se obliga a:
- A cumplir y acatar lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela Provincial
de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz con plena sujeción al mismo así como a la
legislación vigente.
- El alumnado que esté cursando estudios de enseñanza obligatoria, deberá presentar, con
carácter trimestral, a la Dirección Docente un certificado que acredite su asistencia regular al
centro docente donde curse sus estudios.
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