Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (06108/2023)
Aprobación definitiva del Consorcio integral para la recuperación monumental patrimonial, social, económica y urbanística del Casco Antiguo de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 6108/2023
ellas. A estos efectos y siguiendo la última modificación legislativa introducida en el artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por la disposición final vigésimo tercera de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, antes de proceder a la selección de plazas nuevas de
forma directa por parte del Consorcio deberá existir un anuncio público de convocatoria para la cobertura de los puestos de
trabajo necesarios, de forma restringida en las administraciones consorciadas.
- Personal propio del Consorcio: Pagado por el propio consorcio:
1. Gerente.
2. Técnico Jurídico Económico (A-1).
3. Arquitecto.
4. Arqueólogo:
5. Administrativo Contable.
Las competencias de cada uno de estos perfiles profesionales son las siguientes:
Gerente del Consorcio:
La contratación y nombramiento del/la Gerente podrá recaer en cualquier persona que reúna las condiciones
exigidas para desempeñar el cargo por parte del Consejo Rector. Corresponde al/la Gerente impulsar y
coordinar el funcionamiento de los servicios a su cargo, y en particular:
La gestión de los recursos financieros, presupuestarios y contables, ordenando gastos y contrayendo obligaciones
conforme al presupuesto, o de acuerdo con las delegaciones recibidas, en representación del Consorcio.
Elaborar el anteproyecto de presupuestos y el de liquidación del presupuesto vencido.
Elaborar el anteproyecto de actuaciones.
Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector y de la Comisión Ejecutiva.
La dirección y jefatura del personal.
La gestión del patrimonio y los bienes que corresponden a los servicios a su cargo.
La tramitación administrativa de las actuaciones del Consorcio.
Preparar la documentación que deba someterse a la consideración del Consejo Rector y de la Comisión Ejecutiva, e
informar de todo lo necesario para el adecuado ejercicio de sus competencias.
El seguimiento de las obras que se realicen y de los servicios que se presten.
Las demás funciones que le deleguen el Consejo Rector y la Comisión Ejecutiva.
Técnico Jurídico Económico:
Pese a que el Consorcio del Casco Antiguo de Badajoz estará adscrito al Ayuntamiento de Badajoz, tanto la
intervención general del Ayuntamiento, como también la Secretaría General del Ayuntamiento hacen constar
la absoluta insuficiencia de medios para fiscalizar y llevar el control diario tanto económico como jurídico del
Consorcio.
Es por ello que se propone la externalización de estas funciones en la figura de un técnico jurídico, legal &
económico con categoría A 1. Dichas funciones deben llevarse a cabo por un técnico de Administración
General con formación jurídica y económica. El perfil se asimilaría al de un Secretario/Interventor que es
quien por ley ejerce esas funciones reservadas en entidades locales pequeñas.
Como los Consorcios han dejado de ser, desde la Ley 27/2013 (RSAL), considerados entidades locales, dichas
funciones pueden ser desempeñadas por un Técnico A1, cuyas retribuciones no pueden superar las de un
Técnico A1 de la Administración a la que se adscribe el Consorcio (Ayuntamiento de Badajoz).
Los consorcios no tienen la consideración de entes locales, y por ello no es obligatoria su cobertura con
habilitados nacionales.
Las funciones de este puesto serían las de dar fe pública y el asesoramiento legal preceptivo así como
funciones de control y fiscalización interna de la gestión económica-financiera y presupuestaria, y la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ellas. A estos efectos y siguiendo la última modificación legislativa introducida en el artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por la disposición final vigésimo tercera de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, antes de proceder a la selección de plazas nuevas de
forma directa por parte del Consorcio deberá existir un anuncio público de convocatoria para la cobertura de los puestos de
trabajo necesarios, de forma restringida en las administraciones consorciadas.
- Personal propio del Consorcio: Pagado por el propio consorcio:
1. Gerente.
2. Técnico Jurídico Económico (A-1).
3. Arquitecto.
4. Arqueólogo:
5. Administrativo Contable.
Las competencias de cada uno de estos perfiles profesionales son las siguientes:
Gerente del Consorcio:
La contratación y nombramiento del/la Gerente podrá recaer en cualquier persona que reúna las condiciones
exigidas para desempeñar el cargo por parte del Consejo Rector. Corresponde al/la Gerente impulsar y
coordinar el funcionamiento de los servicios a su cargo, y en particular:
La gestión de los recursos financieros, presupuestarios y contables, ordenando gastos y contrayendo obligaciones
conforme al presupuesto, o de acuerdo con las delegaciones recibidas, en representación del Consorcio.
Elaborar el anteproyecto de presupuestos y el de liquidación del presupuesto vencido.
Elaborar el anteproyecto de actuaciones.
Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector y de la Comisión Ejecutiva.
La dirección y jefatura del personal.
La gestión del patrimonio y los bienes que corresponden a los servicios a su cargo.
La tramitación administrativa de las actuaciones del Consorcio.
Preparar la documentación que deba someterse a la consideración del Consejo Rector y de la Comisión Ejecutiva, e
informar de todo lo necesario para el adecuado ejercicio de sus competencias.
El seguimiento de las obras que se realicen y de los servicios que se presten.
Las demás funciones que le deleguen el Consejo Rector y la Comisión Ejecutiva.
Técnico Jurídico Económico:
Pese a que el Consorcio del Casco Antiguo de Badajoz estará adscrito al Ayuntamiento de Badajoz, tanto la
intervención general del Ayuntamiento, como también la Secretaría General del Ayuntamiento hacen constar
la absoluta insuficiencia de medios para fiscalizar y llevar el control diario tanto económico como jurídico del
Consorcio.
Es por ello que se propone la externalización de estas funciones en la figura de un técnico jurídico, legal &
económico con categoría A 1. Dichas funciones deben llevarse a cabo por un técnico de Administración
General con formación jurídica y económica. El perfil se asimilaría al de un Secretario/Interventor que es
quien por ley ejerce esas funciones reservadas en entidades locales pequeñas.
Como los Consorcios han dejado de ser, desde la Ley 27/2013 (RSAL), considerados entidades locales, dichas
funciones pueden ser desempeñadas por un Técnico A1, cuyas retribuciones no pueden superar las de un
Técnico A1 de la Administración a la que se adscribe el Consorcio (Ayuntamiento de Badajoz).
Los consorcios no tienen la consideración de entes locales, y por ello no es obligatoria su cobertura con
habilitados nacionales.
Las funciones de este puesto serían las de dar fe pública y el asesoramiento legal preceptivo así como
funciones de control y fiscalización interna de la gestión económica-financiera y presupuestaria, y la
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