Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calamonte. (06107/2023)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Oficial de la Policía Local del Ayuntamiento de Calamonte, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna, en su variante interna
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Ayuntamiento de Calamonte

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2ª.1.- Requisitos. Para poder participar en este proceso selectivo es necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de funcionario de carrera del cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento
de Calamonte.
b) Tener una antigüedad de dos años de servicio activo en la categoría de Agente.
c) Poseer la titulación académica de título de bachiller o técnico o título académico equivalente,
o haber finalizado los estudios y abonados los derechos correspondientes para su obtención.
En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado
expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia,
que acredite la citada equivalencia.
d) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio de una Administración
Pública, hallarse inhabilitado, o suspendido para el ejercicio de funciones públicas. Todo ello,
sin perjuicio de la aplicación del beneficio de la rehabilitación de acuerdo con las normas
penales y administrativas.
e) No estar incurso en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave, ni estar
cumpliendo la sanción por dichas faltas, así como no haber sido separado del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
f) Faltar más de cinco años para pasar a la situación de segunda actividad por razón de la edad.
g) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las
correspondientes funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida para
las aspirantes en estado de embarazo o parto.
h) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B, ambos vigentes.
2ª.2.- Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán
cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso
selectivo. Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados, del modo indicado en las bases de la
convocatoria.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
3ª.1.- Instancias. En las instancias, solicitando tomar parte en el proceso selectivo, los aspirantes deberán
manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en los términos que se recogen en la base
segunda y que se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del
cargo con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado,
como se recoge en el Anexo I a esta convocatoria. A la instancia se acompañarán los siguientes documentos:
a) Comprobante o justificante acreditativo del pago de los correspondientes derechos de
examen.
b) Se deberá acompañar, en su caso, la documentación acreditativa de los méritos que se
aleguen para la fase de concurso, de acuerdo con lo dispuesto en estas bases. Los documentos
presentados para acreditar los méritos serán originales o copias compulsadas exclusivamente
por los servicios administrativos del registro donde se presente la solicitud. La falta de
acreditación de dichos méritos no supondrá causa de exclusión al proceso selectivo,
suponiendo únicamente su no valoración.
Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a
instancia de parte interesada.
3ª.2.- Presentación de instancias: Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa Presidenta, se presentarán
conforme al modelo del Anexo I.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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