Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (06070/2023)
Bases reguladoras de la segunda convocatoria del Plan provincial de accesibilidad 2023 a favor de los municipios y entidades locales menores para poner a su disposición elementos que favorezcan la integración de personas con discapacidad
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio

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Base 9: Subvención y criterios objetivos de otorgamiento de la misma.
Esta segunda convocatoria consiste en la entrega e instalación del/los elemento/s accesibles que se otorguen a cada entidad
beneficiaria en instalaciones o edificios de titularidad municipal. Estas entidades deberán cumplir las condiciones necesarias
para que dichos elementos puedan ser instalados por esta Diputación de Badajoz, las cuales, junto con las características y
dimensiones de los elementos a subvencionar se encuentran en el documento que consta en la siguiente dirección:
http://imot.dip-badajoz.es/subvenciones.
La cuantía total del crédito presupuestario asignado inicialmente a la convocatoria asciende a 207.247,30 €.
El criterio para establecer el orden de prioridad de las entidades locales al objeto de proceder a la selección y asignación de
los elementos entre los distintos beneficiarios será la población de cada municipio y entidad local menor de la Provincia, de
menor a mayor población, procediendo a continuación a la asignación de un único elemento de accesibilidad entre los que
se encuentran recogidos en las siguientes líneas:
a) Juegos infantiles. (Con pautas de accesibilidad que permiten utilizarlos todos los/as niños/as).
Consiste en el suministro e instalación a elegir por los municipios entre un columpio cesta, un columpio doble
o un juego de muelles. Las características y dimensiones de los elementos especificados y los requisitos para
su instalación se encuentran descritos en la siguiente dirección: http://imot.dip-badajoz.es/subvenciones.
La instalación del columpio cesta, el columpio doble o el juego de muelles no conllevará la retirada o
sustitución de otros elementos que pudieran existir en el emplazamiento seleccionado, ni la realización de
trabajos complementarios que sean necesarios para que se pueda acceder a la adecuada utilización de esos
elementos.
Valoración del elemento columpio cesta: 6.221,03 euros.
Valoración del elemento columpio doble: 6.549,14 euros.
Valoración del elemento juego de muelles: 5.792,80 euros.
b) Grúas y elevadores para piscinas municipales.
Consiste en el suministro e instalación de una grúa accesible para piscinas, así como, el suministro de una silla
de ducha con ruedas para que los usuarios puedan acceder a la zona de duchas antes de entrar en el vaso
conforme a la normativa vigente.
La grúa accesible contará además con una barra de apoyo, un asiento regulable en altura, respaldo y
apoyabrazos y tendrá una capacidad mínima de carga de 150 Kg.
Las características y dimensiones de los elementos especificados y los requisitos para su instalación se
encuentran descritos en la siguiente dirección: http://imot.dip-badajoz.es/subvenciones. Asimismo, será
necesario que, en la fecha de presentación de la solicitud de la subvención, la piscina municipal cumpla con lo
dispuesto en el Decreto 102/2012.
Valoración de los elementos y su instalación: 5.049,00 euros.
c) Instalación de bucles magnéticos en dependencias de titularidad municipal.
Consiste en la entrega e instalación de dos bucles de inducción para zona de atención al público, así como, un
bucle de inducción para su instalación en salas completas o zonas concretas de las mismas con una superficie
de entre 200 y 500 metros cuadrados con la señalización de zona para personas con discapacidad auditiva
que cumple con la normativa vigente en materia de electroacústica.
Las características y dimensiones de los elementos especificados y los requisitos para su instalación se
encuentran descritos en la siguiente dirección: http://imot.dip-badajoz.es/ subvenciones.
La instalación está formada por un amplificador, un micrófono y el cableado del bucle, siendo recomendable
que el mobiliario sea fijo.
Para su instalación en puestos de trabajo será requisito necesario que disponga de tomas de corriente para la
conexión eléctrica de los elementos y, para su instalación en sala, además de disponer de tomas de corriente,
el amplificador del bucle se podrá conectar al equipo de sonido existente en el punto de instalación.
Valoración de los elementos y su instalación: 3.646,81 euros.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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