Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (06037/2023)
Extracto de concesión de ayudas para la adquisición de juguetes para las Navidades 2023/2024
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Ayuntamiento de Llerena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Llerena
Llerena (Badajoz)
Anuncio 6037/2023
Extracto de concesión de ayudas para la adquisición de juguetes para las Navidades 2023/2024

CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE JUGUETES NAVIDADES 2023/2024
BDNS (Identif): 725034
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/725034)
1.- Bases Reguladoras.
Las bases que han de regir la concesión de las ayudas ayudas para la adquisición de juguetes para las
navidades 2023-2024, fueron aprobadas por el Pleno Corporativo en su sesión ordinaria celebrada el día 31
de octubre de 2023.
2.- Objeto, naturaleza y finalidad.
El objeto de las bases es establecer la regulación y los criterios que han de regir la concesión por parte del
Excmo. Ayuntamiento de Llerena, en régimen de concesión directa, de ayudas para la adquisición de juguetes
para las Navidades 2023-2024.
Las ayudas tienen el carácter de subvenciones no periódicas de carácter económico y únicamente podrán
destinarse a la adquisición de juguetes, no teniendo la consideración de juguete los dispositivos electrónicos
de telefonía móvil, tablets, ordenadores de sobremesa o portátiles, pulseras electrónicas y similares que no
estén dirigidos explícitamente a niños de las edades a los que se destinan estas ayudas.
3.- Crédito presupuestario.
El importe total destinado a esta convocatoria de ayuda para la adquisición de juguetes para las navidades
asciende a cuatro mil euros (4.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 231/48018 del presupuesto
municipal del ejercicio 2023.
Esta cantidad se distribuirá a prorrata entre los solicitantes que reúnan los requisitos exigidos en las
presentes bases para resultar beneficiarios, sin que en ningún caso la ayuda pueda exceder el importe de 80
euros/menor.
La cuantía total máxima destinada a estas ayudas podrá incrementarse, motivadamente y previa tramitación
del oportuno expediente de modificación de crédito, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de
presentación de solicitudes y, por tanto, no requiriéndose una nueva convocatoria de acuerdo con lo previsto
en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4.- Requisitos para ser beneficiarios.
Los indicados en la base 3.
5.- Formalización solicitud, plazo de presentación y desistimiento.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz hasta el 30 de noviembre de 2023, incluido.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo señalado serán, con carácter general, inadmitidas.
Los lugares de presentación de la solicitud de ayuda, junto con la documentación exigida, serán los siguientes
(pudiendo optar por cualquiera de ellos):
En el registro general del Ayuntamiento sito en plaza de España, número 1.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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