Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (06062/2023)
Bases del proceso selectivo para la selección temporal de personal laboral en puesto de Monitores/as de ocio y tiempo libre
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Los Santos de Maimona (Badajoz)
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Bases del proceso selectivo para la selección temporal de personal laboral en puesto de Monitores/as de ocio y tiempo libre

Por la Alcaldía del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona se ha resuelto convocar, con fecha 31 de octubre de 2023,
proceso selectivo para la selección de personal laboral temporal, con arreglo al siguiente detalle:
Primera.- Objeto.
El objeto de estas bases es la regulación del proceso de selección para el acceso a una bolsa de trabajo de monitores/as de
ocio y tiempo libre para los campamentos y actividades que se organicen en diferentes épocas del año desde la Universidad
Popular del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.
Denominación del puesto: Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre.
Segunda.- Contratación.
El periodo de vigencia de los contratos formalizados comprenderá la duración exacta de los campamentos y/o actividades
que se organicen desde la Universidad Popular.
El horario será establecido por los concejales de juventud y personal.
El número de monitores/as contratados para cada campamento o actividad organizada, dependerá siempre, del número de
usuarios que se inscriban en las mismas.
Tercera.- Retribuciones.
Las retribuciones básicas serán las correspondientes al grupo C2 vigente, para la jornada de 71,42%.
Cuarta.- Funciones a desempeñar y características del puesto.
Las propias del puesto ofertado en las presentes bases.
Quinta.- Requisitos de los aspirantes.
a) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución Judicial, para
el acceso al cuerpo o escala correspondiente, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en el
caso de personal laboral, que hubiera sido separado/a o inhabilitado/a.
d) Estar en posesión de la tarjeta de demanda o mejora de empleo del SEXPE.
e) Estar en posesión del Título de Monitor de Ocio y Tiempo Libre, con duración mínima de 250 horas
expedido por el Instituto de la Juventud de Extremadura y/o certificado de profesionalidad relacionado con el
puesto ofertado.
Sexta.- Acreditación de requisitos.
Los requisitos deberán cumplirse en el momento de la finalización del plazo para presentar la solicitud de participación en el
correspondiente proceso selectivo y deberán acreditarse una vez finalizado éste, antes de la formalización del contrato
como personal laboral.
No podrán ser contratados como personal laboral quienes no acrediten, una vez superado el proceso selectivo, que reúnen
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