Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (06045/2023)
Bases de la convocatoria para la contratación temporal de un puesto de Trabajador Social por sustitución de la trabajadora titular para el Servicio de Atención Social Básica del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 6045/2023
Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde Presidente, se presentarán en el
Registro General de este Excmo. Ayuntamiento, en horas de oficina (de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes)
o bien por la sede electrónica.
También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente dentro del plazo de presentación, copia
de la solicitud, al correo electrónico: personal@villafrancadelosbarros.es"@villafrancadelosbarros.es o vía fax
al número 924527978.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo,
deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser
certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias
han tenido entrada en el Registro General de este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la
mencionada oficina.
Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 5 días hábiles a contar del día siguiente
a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz. Asimismo, serán publicadas en el tablón de anuncios del portal del ciudadano, que se encuentra en
la sede electrónica del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros y en el tablón de anuncios del
Departamento de Personal de este Ayuntamiento.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a
petición de la persona interesada.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases
para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso
selectivo.
Derechos de examen: Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos
de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante. En ningún caso la presentación del justificante de ingreso de los derechos de examen, supondría
sustitución del trámite de presentación de la solicitud en tiempo y forma.
Los derechos referidos se fijan en 35,00 €, atendiendo a la Ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa
de los derechos de examen (BOP número 166 de 31 de agosto de 2021) y se harán efectivos mediante el
correspondiente ingreso exclusivamente en el siguiente número de cuenta: BBVA ES55 0182 6031 6002 0939
7936. En el documento de pago deberá figurar "Pruebas selectivas Trabajador Social por sustitución", nombre
apellidos y DNI del aspirante.
Bonificaciones: En el caso de tener derecho a alguna bonificación, el importe de los derechos de examen será
del 50% de la tasa, para familias numerosas de categoría especial o discapacitados en grado igual o superior
al 33% y del 70% de la tasa, para familias numerosas de categoría general, acreditándolo con certificado o
fotocopia del carné vigente de familia numerosa, así como certificado de discapacidad en el momento de
presentación de la solicitud.
Exención: En caso de acreditar, en el momento de presentación de la solicitud, la condición de demandante
de empleo de 180 días en los últimos 12 meses, a través de la correspondiente tarjeta de empleo e informe
de vida laboral actualizado, se estará exento del pago de la tasa.
No procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
Cuarto.- Admisión de los aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución, declarando aprobada la lista
provisional de admitidos y excluidos.
La resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del departamento de personal del Ayuntamiento y en el tablón de
anuncios del Portal del Ciudadano de su Sede Electrónica, contendrá la relación alfabética de los aspirantes admitidos y
excluidos, así como las causas de exclusión de éstos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Registro General de este Excmo. Ayuntamiento, en horas de oficina (de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes)
o bien por la sede electrónica.
También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente dentro del plazo de presentación, copia
de la solicitud, al correo electrónico: personal@villafrancadelosbarros.es"@villafrancadelosbarros.es o vía fax
al número 924527978.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo,
deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser
certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias
han tenido entrada en el Registro General de este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la
mencionada oficina.
Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 5 días hábiles a contar del día siguiente
a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz. Asimismo, serán publicadas en el tablón de anuncios del portal del ciudadano, que se encuentra en
la sede electrónica del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros y en el tablón de anuncios del
Departamento de Personal de este Ayuntamiento.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a
petición de la persona interesada.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases
para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso
selectivo.
Derechos de examen: Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos
de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante. En ningún caso la presentación del justificante de ingreso de los derechos de examen, supondría
sustitución del trámite de presentación de la solicitud en tiempo y forma.
Los derechos referidos se fijan en 35,00 €, atendiendo a la Ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa
de los derechos de examen (BOP número 166 de 31 de agosto de 2021) y se harán efectivos mediante el
correspondiente ingreso exclusivamente en el siguiente número de cuenta: BBVA ES55 0182 6031 6002 0939
7936. En el documento de pago deberá figurar "Pruebas selectivas Trabajador Social por sustitución", nombre
apellidos y DNI del aspirante.
Bonificaciones: En el caso de tener derecho a alguna bonificación, el importe de los derechos de examen será
del 50% de la tasa, para familias numerosas de categoría especial o discapacitados en grado igual o superior
al 33% y del 70% de la tasa, para familias numerosas de categoría general, acreditándolo con certificado o
fotocopia del carné vigente de familia numerosa, así como certificado de discapacidad en el momento de
presentación de la solicitud.
Exención: En caso de acreditar, en el momento de presentación de la solicitud, la condición de demandante
de empleo de 180 días en los últimos 12 meses, a través de la correspondiente tarjeta de empleo e informe
de vida laboral actualizado, se estará exento del pago de la tasa.
No procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
Cuarto.- Admisión de los aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución, declarando aprobada la lista
provisional de admitidos y excluidos.
La resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del departamento de personal del Ayuntamiento y en el tablón de
anuncios del Portal del Ciudadano de su Sede Electrónica, contendrá la relación alfabética de los aspirantes admitidos y
excluidos, así como las causas de exclusión de éstos.
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