Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Coronada. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (06039/2023)
Aprobación del Plan de medidas antifraude del Ayuntamiento de La Coronada
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de La Coronada
Anuncio 6039/2023
Artículo 54. Principios de conducta.
1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados públicos.
2. El desempeño de las tareas correspondientes a su puesto de trabajo se realizará de forma diligente y
cumpliendo la jornada y el horario establecidos.
3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una
infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento
de los órganos de inspección procedentes.
4. Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán
el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio
o de personas allegadas. Tendrán, así mismo, el deber de velar por su conservación.
6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos
habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.
7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus
posteriores responsables.
8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren
adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos
efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las
propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio.
Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, las personas que ejerzan
tareas de gestión, seguimiento y/o control que participen en la ejecución de las medidas del PRTR, prestarán
especial atención en el cumplimiento del presente Código Ético y de Conducta en los siguientes aspectos y
fases del procedimiento de gestión de proyectos financiados con fondos del MRR:
1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la Unión, nacional y/o regional aplicable en la
materia de que se trate, especialmente en las materias siguientes:
Elegibilidad de los gastos.
Contratación pública.
Regímenes de ayuda.
Información y publicidad.
Medio Ambiente.
Igualdad de oportunidades y no discriminación.
2. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento y control de los fondos del MRR
ejercerán sus funciones basándose en la transparencia, un principio que implica claridad y veracidad en el
tratamiento y difusión de cualquier información o datos que se den a conocer, tanto interna como
externamente.
Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de información, todo ello sin comprometer,
de ningún modo, la integridad de aquella información que pudiera ser considerada sensible por razones de
interés público.
3. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia:
Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de concesión de ayudas
financiadas por los fondos del MRR.
Durante el desarrollo de los procedimientos de contratación.
4. El cumplimiento del principio de transparencia no irá en detrimento del correcto uso que el personal debe
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 15 de 19
Anuncio 6039/2023
Artículo 54. Principios de conducta.
1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados públicos.
2. El desempeño de las tareas correspondientes a su puesto de trabajo se realizará de forma diligente y
cumpliendo la jornada y el horario establecidos.
3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una
infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento
de los órganos de inspección procedentes.
4. Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán
el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio
o de personas allegadas. Tendrán, así mismo, el deber de velar por su conservación.
6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos
habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.
7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus
posteriores responsables.
8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren
adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos
efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las
propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio.
Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, las personas que ejerzan
tareas de gestión, seguimiento y/o control que participen en la ejecución de las medidas del PRTR, prestarán
especial atención en el cumplimiento del presente Código Ético y de Conducta en los siguientes aspectos y
fases del procedimiento de gestión de proyectos financiados con fondos del MRR:
1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la Unión, nacional y/o regional aplicable en la
materia de que se trate, especialmente en las materias siguientes:
Elegibilidad de los gastos.
Contratación pública.
Regímenes de ayuda.
Información y publicidad.
Medio Ambiente.
Igualdad de oportunidades y no discriminación.
2. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento y control de los fondos del MRR
ejercerán sus funciones basándose en la transparencia, un principio que implica claridad y veracidad en el
tratamiento y difusión de cualquier información o datos que se den a conocer, tanto interna como
externamente.
Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de información, todo ello sin comprometer,
de ningún modo, la integridad de aquella información que pudiera ser considerada sensible por razones de
interés público.
3. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia:
Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de concesión de ayudas
financiadas por los fondos del MRR.
Durante el desarrollo de los procedimientos de contratación.
4. El cumplimiento del principio de transparencia no irá en detrimento del correcto uso que el personal debe
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 15 de 19