Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06017/2023)
Reglamento de régimen interno de programas de formación en alternacia con el empleo
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Anuncio 6017/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Calamonte (Badajoz)
Anuncio 6017/2023
Reglamento de régimen interno de programas de formación en alternacia con el empleo
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PROGRAMAS DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO: ESCUELAS
PROFESIONALES, PCR, ETC.
I.- Disposiciones generales.
Artículo 1.- Justificación.
El presente Reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano del programa de formación en alternancia con el empleo (en adelante, Programa), ya sea Escuela
Profesional Dual, Programa Colaborativo Rural o cualquier otro nombre que adopten en el futuro, que será de aplicación a
la totalidad de los participantes en el proyecto (personal directivo, de apoyo, docente y alumnado trabajador) y vinculará a la
entidad promotora, constituyendo sus normas de funcionamiento y coordinación; todo ello sin perjuicio de lo establecido en
la normativa específica que regula los programas, el Estatuto de los Trabajadores, los convenios colectivos suscritos por la
entidad promotora y demás legislación aplicable.
Artículo 2.- Objetivos generales.
- Mejorar la ocupabilidad y favorecer la inserción laboral de los destinatarios del programa.
- Dotar a los participantes de las competencias y capacidades que les posibiliten su aprovechamiento y
adquisición, en su caso, del correspondiente certificado de profesionalidad.
- Identificar las trayectorias formativas y laborales de los destinatarios de las acciones de formación.
- Poner en práctica mecanismos, materiales didácticos y recursos educativos acordes al colectivo participante.
- Fomentar la colaboración y el trabajo en equipo mediante la participación solidaria y la adquisición de
normas y hábitos de trabajo individual y colectivo.
- Consolidar y hacer grupo entre el colectivo de participantes, partiendo del análisis de las expectativas
previas.
- Elaborar la metodología específica de intervención, actuación y formación en base a los perfiles
socioculturales y económicos de los diferentes participantes, trabajando diferentes aspectos como la
autoestima, la asertividad, la comunicación, la motivación, la solución de problemas, el proceso de búsqueda
de empleo...
- Desarrollar la capacidad creativa y emprendedora del alumnado-trabajador a través del planteamiento y
ejecución de un proyecto emprendedor en su entorno.
II.- Organización.
Artículo 3.- Organización general.
La organización general del Programa corresponderá a dos niveles:
- El institucional: La máxima responsabilidad institucional del Programa corresponderá a la Mancomunidad,
como entidad promotora y contratante, cargo que comparte con el SEXPE, como órgano gestor de las
subvenciones concedidas para la puesta en marcha del mismo, en los términos que marca la legislación y la
normativa publicada al efecto.
- El interno: La organización interna del Programa corresponderá al equipo directivo-docente, entendido éste
como órgano de trabajo colectivo. Se completará este órgano con la existencia del delegado/a de alumnos/as.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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PROFESIONALES, PCR, ETC.
I.- Disposiciones generales.
Artículo 1.- Justificación.
El presente Reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano del programa de formación en alternancia con el empleo (en adelante, Programa), ya sea Escuela
Profesional Dual, Programa Colaborativo Rural o cualquier otro nombre que adopten en el futuro, que será de aplicación a
la totalidad de los participantes en el proyecto (personal directivo, de apoyo, docente y alumnado trabajador) y vinculará a la
entidad promotora, constituyendo sus normas de funcionamiento y coordinación; todo ello sin perjuicio de lo establecido en
la normativa específica que regula los programas, el Estatuto de los Trabajadores, los convenios colectivos suscritos por la
entidad promotora y demás legislación aplicable.
Artículo 2.- Objetivos generales.
- Mejorar la ocupabilidad y favorecer la inserción laboral de los destinatarios del programa.
- Dotar a los participantes de las competencias y capacidades que les posibiliten su aprovechamiento y
adquisición, en su caso, del correspondiente certificado de profesionalidad.
- Identificar las trayectorias formativas y laborales de los destinatarios de las acciones de formación.
- Poner en práctica mecanismos, materiales didácticos y recursos educativos acordes al colectivo participante.
- Fomentar la colaboración y el trabajo en equipo mediante la participación solidaria y la adquisición de
normas y hábitos de trabajo individual y colectivo.
- Consolidar y hacer grupo entre el colectivo de participantes, partiendo del análisis de las expectativas
previas.
- Elaborar la metodología específica de intervención, actuación y formación en base a los perfiles
socioculturales y económicos de los diferentes participantes, trabajando diferentes aspectos como la
autoestima, la asertividad, la comunicación, la motivación, la solución de problemas, el proceso de búsqueda
de empleo...
- Desarrollar la capacidad creativa y emprendedora del alumnado-trabajador a través del planteamiento y
ejecución de un proyecto emprendedor en su entorno.
II.- Organización.
Artículo 3.- Organización general.
La organización general del Programa corresponderá a dos niveles:
- El institucional: La máxima responsabilidad institucional del Programa corresponderá a la Mancomunidad,
como entidad promotora y contratante, cargo que comparte con el SEXPE, como órgano gestor de las
subvenciones concedidas para la puesta en marcha del mismo, en los términos que marca la legislación y la
normativa publicada al efecto.
- El interno: La organización interna del Programa corresponderá al equipo directivo-docente, entendido éste
como órgano de trabajo colectivo. Se completará este órgano con la existencia del delegado/a de alumnos/as.
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