Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aceuchal. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05966/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del suministro de agua no potable en pozo municipal para tratamientos agrícolas
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Ayuntamiento de Aceuchal

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El interesado se dirigirá al ayuntamiento de Aceuchal, Casa de la Cultura u otro edificio que se indique, rellenando la
instancia correspondiente, donde figuren los siguientes datos:
Nombre de la persona/empresa que realiza la petición, NIF/CIF y su dirección.
Destino del suministro, polígono y parcela del término municipal.
Declaración responsable de que su uso es exclusivamente para tratamiento fitosanitario y de parcelas
dentro del término municipal de Aceuchal, o por vecinos y empresas de Aceuchal en sus explotaciones
agrícolas fuera del término.
Volumen solicitado y números de fichas que desea adquirir.
Desde el ayuntamiento se llevará el correspondiente registro con los volúmenes suministrados, fecha, uso, destino y medio
del suministro.
El agua suministrada deberá ser utilizada dentro del término municipal de Aceuchal, o por vecinos de Aceuchal con
explotaciones limítrofes al término para uso exclusivo fitosanitario.
El suministro será solo por periodos de tratamientos de cultivos agrícolas.
El suministro solo se realizará por los medios propios del interesado, debiendo disponer de equipos para tratamiento y
transporte.
Artículo 8.º.- Sanciones.
El incumplimiento del destino del agua para tratamiento y/o el mal uso de las instalaciones, el vertido de restos fitosanitarios
en inmediaciones o en pozos, se considerarán faltas graves, siendo responsabilidad del usuario tomar las medidas para que
no se produzcan y conllevarán la aplicación de la Ordenanza de convivencia ciudadana artículos 3.1 b y c en lo que sea
aplicable al mal o inadecuado uso de bienes de titularidad pública 3.2 y concordantes de la Ordenanza anterior.
Disposición final.
La presente Ordenanza entrará en vigor con la publicación del texto íntegro de la presente ordenanza en el Boletín Oficial de
la Provincia, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación."
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional de esta entidad sobre imposición de la Ordenanza reguladora de la tasa por la
prestación del suministro de agua no potable en pozo municipal para tratamientos agrícolas, cuyo texto íntegro se hace
público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia.
En Aceuchal, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Sergio Gordón Lozano.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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