Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. (05935/2023)
Proceso selectivo para la selección de personal laboral temporal en plazas de Jardinero/a
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Anuncio 5935/2023

Don José Carlos Pérez Durán, funcionario de carrera. Secretario del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.
Vocales:
Doña Verónica de la Cruz Montilla, funcionaria de carrera. Interventora del Ayuntamiento de Los Santos de
Maimona.
Doña Carmen Belén González Gil, funcionaria. Administrativa de la Administración General del Ayuntamiento
de Los Santos de Maimona.
Un representante de otra Administración Pública.
Secretaria:
Doña María del Carmen Cidra Gordillo, funcionaria de carrera. Tesorera del Ayuntamiento de Los Santos de
Maimona.
O personal en quien deleguen, siempre que cumplan los requisitos necesarios para formar parte de los Tribunales de
Selección y se realice por escrito.
Las organizaciones sindicales con representación en el Ayuntamiento, pueden asistir como observadores en todas las fases
y actos que integren el proceso selectivo a excepción de aquéllos en que se delibere, decida y materialice el contenido de las
pruebas. Asimismo, con arreglo a referido régimen jurídico, podrán participar como observadores un representante de cada
uno de los grupos políticos municipales.
El Tribunal podrá pedir la asistencia al examen de asesores expertos en la materia.
El Tribunal de Selección tendrá potestad para interpretar las presentes bases y decidir las cuestiones litigiosas que pudieran
suscitarse, elevando propuesta de selección ante la Alcaldía para la formalización de los contratos objeto de esta
convocatoria.
Décimo segunda.- Propuesta de selección.
El Tribunal, una vez realizada la selección, realizará la correspondiente propuesta a la Alcaldía para el nombramiento, y su
fallo será inapelable.
El Tribunal tiene facultades para resolver cuantas dudas e incidencias surjan en el procedimiento.
En el momento de la contratación, las personas seleccionadas tendrán que presentar informe médico en el que se
especifique que no padece enfermedad o disminución física que le impida el desarrollo de las funciones del puesto para el
que han sido seleccionados y la tarjeta de demanda o mejora del SEXPE actualizada.
Décimo tercera.- Creación de lista de reserva.
Con los aspirantes aptos que no hayan obtenido la plaza, pero que hayan obtenido una nota mínima de 5 puntos en todas
las fases del proceso selectivo, se constituirá una lista de reserva para cubrir las posibles vacantes que se produzcan durante
la vigencia de la convocatoria.
Las contrataciones se irán realizando por orden de puntuación obtenida en el proceso de selección y según necesidades de
los distintos servicios.
Las personas seleccionadas serán citadas mediante notificación del Ayuntamiento en modelo oficial aprobado a tal efecto y,
además, por email y telefónicamente.
Décimo cuarta.- Entrada en vigor.
La bolsa entrará en vigor desde el día siguiente a la resolución de constitución de la misma.
Décimo quinta.- Responsabilidades.
Cualquier incumplimiento de las obligaciones propias del puesto dará lugar a la apertura de un expediente sancionador.
Décimo sexta.- Régimen de incompatibilidades.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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