Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05872/2023)
Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de autorización para la venta ambulante de churrería en parque Santa Ana
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Castuera

Anuncio 5872/2023

m) Queda prohibida la utilización de aparatos acústicos para comunicar la oferta de mercancías.
Cláusula Décima.- Tasas.
Los autorizados deberán efectuar el pago de las tasas por ocupación de vía pública establecidas por la Ordenanza fiscal
correspondiente en el plazo que se indique en la autorización. Siendo la misma de 90,00 € trimestrales, número de cuenta
BBVA ES5401826031660200060343.
La falta de pago de las tasas se entenderá como renuncia a la autorización concedida, y determinará la aplicación de lo
dispuesto en el artículo 6.4 en relación con la lista o turno de espera. La renuncia o desistimiento no generará el derecho a la
devolución de las tasas.
Cláusula Undécima.- Empate en la puntuación.
En caso de empate en la puntuación, se atenderá el /la que tenga menor cuantía de ingresos de la unidad familiar por
persona, si persiste el empate se atenderá el/la que tenga mayor número de años trabajados en venta ambulante en la
actividad que se pretende autorizar.
Cláusula Duodécima.- Vigencia de las autorizaciones.
La vigencia de las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante será de 1 año, prorrogable por un año más.
Finalizado el primer ejercicio, los titulares de las autorizaciones estarán obligados a acreditar anualmente estar al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social, la Administración Tributaria, así como el correspondiente seguro de
responsabilidad civil.
Cláusula Decimotercera.- Cobertura de Vacantes.
Con los solicitantes que no hubieran obtenido puesto se realizará una bolsa o lista de espera a los efectos de cobertura de
vacantes, ordenada en función de la puntuación obtenida. La propuesta de adjudicación del puesto vacante será notificada
al interesado, siguiendo el orden de la bolsa, quien manifestará su aceptación entendiéndose decaído su derecho en caso de
no manifestarse.
Cláusula Decimocuarta.- Recursos Administrativos y Jurisdiccionales.
La presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, puede ser recurrida, potestativamente, en los plazos y
términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, o directamente mediante la interposición de recurso contencioso administrativo (artículo
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa).
ANEXO I:
SOLICITUD DEL INTERESADO

DATOS DEL INTERESADO
Nombre y Apellidos

NIF

DATOS DEL REPRESENTANTE
Tipo de persona
Física
Jurídica
Nombre y Apellidos/Razón Social

NIF/CIF

Poder de representación que ostenta

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 7 de 10