Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05872/2023)
Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de autorización para la venta ambulante de churrería en parque Santa Ana
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Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 5872/2023
Cuando la misma persona figure en más de una solicitud, bien como titular o bien como cotitular o
colaborador, quedarán automáticamente excluidas dichas solicitudes.
Las solicitudes, junto con la documentación preceptiva, deberán ser presentadas en el Registro General del
Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.2 Solicitudes.
En la solicitud se hará constar lo siguiente:
a) Nombre y apellidos o, en su caso, razón social del prestador, así como domicilio.
b) Número de NIF, o CIF, en su caso, o documento acreditativo análogo expedido al prestador
en el Estado miembro de la Unión Europea.
c) El plazo de validez y el lugar o lugares en los que se pretende ejercer la actividad de venta
ambulante o no sedentaria.
d) En el caso de personas jurídicas, se hará constar también la referencia de la persona,
empleado o socio que hará uso de la citada autorización, en su caso.
e) Lugar, fecha y horario o, en su caso, mercado de periodicidad y ubicación fija para la que se
solicita la autorización.
f) Número de metros que se pretenden ocupar y emplazamiento exacto.
g) Los productos autorizados para la venta.
Además de hacer constar los datos mencionados en el apartado anterior, la presentación de la solicitud
requerirá a los prestadores la firma de una declaración responsable, en la que manifiesten, al menos, lo
siguiente:
a) El cumplimiento de los requisitos para ejercer la actividad de venta ambulante o no
sedentaria.
b) Que el prestador está en posesión de la documentación que así lo acredite a partir del inicio
de la actividad.
c) Mantener su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización.
d) No haber sido sancionado por comisión de falta muy grave en el ejercicio de su actividad en
los dos años anteriores.
Para la valoración de los criterios recogidos en la cláusula séptima de estas bases, será necesario aportar la
documentación acreditativa correspondiente.
6.3 Subsanación.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos en los apartados anteriores, se requerirá al interesado para que
en el plazo máximo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos de su solicitud.
Cláusula Séptima.- Criterios de Adjudicación.
A fin de garantizar la transparencia e imparcialidad en la adjudicación de los puestos, los criterios de valoración para la
adjudicación de los puestos serán los siguientes:
- Presentación de una memoria en la que se detalle la realización de la actividad comercial señalando los
productos sobre los que se desarrolla aquella. Se tendrá en cuenta la iniciativa empresarial, el lanzamiento de
nuevos productos al mercado, etc. Valoración: Hasta 10 puntos.
- Acreditación, mediante documento oficial, de haber realizado la actividad comercial en otros municipios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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colaborador, quedarán automáticamente excluidas dichas solicitudes.
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Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.2 Solicitudes.
En la solicitud se hará constar lo siguiente:
a) Nombre y apellidos o, en su caso, razón social del prestador, así como domicilio.
b) Número de NIF, o CIF, en su caso, o documento acreditativo análogo expedido al prestador
en el Estado miembro de la Unión Europea.
c) El plazo de validez y el lugar o lugares en los que se pretende ejercer la actividad de venta
ambulante o no sedentaria.
d) En el caso de personas jurídicas, se hará constar también la referencia de la persona,
empleado o socio que hará uso de la citada autorización, en su caso.
e) Lugar, fecha y horario o, en su caso, mercado de periodicidad y ubicación fija para la que se
solicita la autorización.
f) Número de metros que se pretenden ocupar y emplazamiento exacto.
g) Los productos autorizados para la venta.
Además de hacer constar los datos mencionados en el apartado anterior, la presentación de la solicitud
requerirá a los prestadores la firma de una declaración responsable, en la que manifiesten, al menos, lo
siguiente:
a) El cumplimiento de los requisitos para ejercer la actividad de venta ambulante o no
sedentaria.
b) Que el prestador está en posesión de la documentación que así lo acredite a partir del inicio
de la actividad.
c) Mantener su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización.
d) No haber sido sancionado por comisión de falta muy grave en el ejercicio de su actividad en
los dos años anteriores.
Para la valoración de los criterios recogidos en la cláusula séptima de estas bases, será necesario aportar la
documentación acreditativa correspondiente.
6.3 Subsanación.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos en los apartados anteriores, se requerirá al interesado para que
en el plazo máximo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos de su solicitud.
Cláusula Séptima.- Criterios de Adjudicación.
A fin de garantizar la transparencia e imparcialidad en la adjudicación de los puestos, los criterios de valoración para la
adjudicación de los puestos serán los siguientes:
- Presentación de una memoria en la que se detalle la realización de la actividad comercial señalando los
productos sobre los que se desarrolla aquella. Se tendrá en cuenta la iniciativa empresarial, el lanzamiento de
nuevos productos al mercado, etc. Valoración: Hasta 10 puntos.
- Acreditación, mediante documento oficial, de haber realizado la actividad comercial en otros municipios.
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