Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera del Duque. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (05857/2023)
Bases y convocatoria para la selección de un/a Director/a para la banda de música
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Herrera del Duque
Anuncio 5857/2023
e) Tener total disponibilidad para desempeñar su jornada de trabajo de forma partida, si así se indica por el
Ayuntamiento, así como tener total disponibilidad para trabajar durante días festivos o fines de semana.
f) Estar en posesión del Título Superior de Música en cualquier especialidad. En caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero, se presentara la homologación correspondiente emitida por el MEC.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases
generales, se presentarán en el registro de entrada de este Ayuntamiento, ajustadas al modelo de instancia que se facilitará
al efecto, en horas y días hábiles de oficina, en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación de estas bases en el Boletín
Oficial de la Provincia, a la que habrá que acompañar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos
necesarios para ser admitidos, así como la de aquella que el aspirante pretenda que sea valorada por el Tribunal, en la fase
de concurso.
La documentación se presentará en original o fotocopia compulsada.
El cumplimiento de los requisitos c) y d) se declararán por el solicitante en la instancia, pudiendo solicitarse la aportación de
los documentos acreditativos de los mismos, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias y con anterioridad a la
contratación.
Así mismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web del
mismo.
La solicitud deberá ir acompañada por:
Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte en vigor.
Documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria, así como de los méritos y circunstancias
alegados que deban ser valorados.
Cuarta.- Trámite de admisión.
Expirado el plazo de presentación de instancias y en el plazo máximo de 3 días el Sr. Alcalde, mediante resolución, aprobará
la lista provisional de admitidos y excluidos. Esta resolución, que se publicará en el tablón de edictos y en la sede electrónica,
contendrá la relación nominal de admitidos y excluidos con sus causas de exclusiones, plazo de subsanación de defectos y
determinará la fecha en que el Tribunal realizará las pruebas.
Esta publicación será determinante del comienzo de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos,
dispondrán de un plazo de 2 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la citada resolución, a fin de
subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.
Terminado dicho plazo se resolverán las reclamaciones presentadas mediante Resolución de la Alcaldía, en el caso de que
no existan, las listas se entenderán definitivas sin necesidad de nueva publicación.
Contra la resolución que apruebe las listas definitivas de admisiones y exclusiones podrá interponerse recurso potestativo
de reposición ante el Presidente de Corporación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de
las listas, de conformidad con los artículos 112 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo.
Los errores materiales, de hecho, o aritméticos, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia del
interesado.
Cualquier publicación en relación con esta convocatoria se realizará en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Herrera del
Duque y en su sede electrónica.
Quinta.- Selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
Oposición.
Concurso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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e) Tener total disponibilidad para desempeñar su jornada de trabajo de forma partida, si así se indica por el
Ayuntamiento, así como tener total disponibilidad para trabajar durante días festivos o fines de semana.
f) Estar en posesión del Título Superior de Música en cualquier especialidad. En caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero, se presentara la homologación correspondiente emitida por el MEC.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases
generales, se presentarán en el registro de entrada de este Ayuntamiento, ajustadas al modelo de instancia que se facilitará
al efecto, en horas y días hábiles de oficina, en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación de estas bases en el Boletín
Oficial de la Provincia, a la que habrá que acompañar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos
necesarios para ser admitidos, así como la de aquella que el aspirante pretenda que sea valorada por el Tribunal, en la fase
de concurso.
La documentación se presentará en original o fotocopia compulsada.
El cumplimiento de los requisitos c) y d) se declararán por el solicitante en la instancia, pudiendo solicitarse la aportación de
los documentos acreditativos de los mismos, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias y con anterioridad a la
contratación.
Así mismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web del
mismo.
La solicitud deberá ir acompañada por:
Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte en vigor.
Documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria, así como de los méritos y circunstancias
alegados que deban ser valorados.
Cuarta.- Trámite de admisión.
Expirado el plazo de presentación de instancias y en el plazo máximo de 3 días el Sr. Alcalde, mediante resolución, aprobará
la lista provisional de admitidos y excluidos. Esta resolución, que se publicará en el tablón de edictos y en la sede electrónica,
contendrá la relación nominal de admitidos y excluidos con sus causas de exclusiones, plazo de subsanación de defectos y
determinará la fecha en que el Tribunal realizará las pruebas.
Esta publicación será determinante del comienzo de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos,
dispondrán de un plazo de 2 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la citada resolución, a fin de
subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.
Terminado dicho plazo se resolverán las reclamaciones presentadas mediante Resolución de la Alcaldía, en el caso de que
no existan, las listas se entenderán definitivas sin necesidad de nueva publicación.
Contra la resolución que apruebe las listas definitivas de admisiones y exclusiones podrá interponerse recurso potestativo
de reposición ante el Presidente de Corporación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de
las listas, de conformidad con los artículos 112 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo.
Los errores materiales, de hecho, o aritméticos, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia del
interesado.
Cualquier publicación en relación con esta convocatoria se realizará en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Herrera del
Duque y en su sede electrónica.
Quinta.- Selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
Oposición.
Concurso.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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