Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05785/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra
Anuncio 5785/2023
2. La graduación de las sanciones se efectuará previa ponderación razonada de las circunstancias que
concurran en cada caso, mediante la aplicación de los criterios a tal efecto contenidos en la legislación sobre
procedimiento administrativo común.
3. Las sanciones impuestas en virtud del régimen sancionador contenido en el presente Reglamento
resultarán compatibles con aquellas otras tanto de carácter administrativo o penal que el sancionado hubiera
podido merecer por la comisión de los hechos determinantes de aquellas.
DISPOSICIONES FINALES
1.ª Por el Alcalde o concejal delegado en materia de Protección Civil se dictarán las instrucciones y directrices
que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Reglamento.
2.ª Este Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el DOE.
ANEXO 1: FUNCIONES GENERALES DEL VOLUNTARIO DE PROTECCIÓN CIVIL
1.- La actuación de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra,
se centrará, de forma permanente y regularizada, en el campo preventivo y operativo de la gestión de
emergencias, catástrofes y/o calamidades públicas, conforme a lo previsto en el Plan de emergencia Municipal
de Bodonal de la Sierra, en los Planes de Actuación frente a Riesgos Específicos y en actos de pública
concurrencia solicitados por el Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra, siempre en tareas de apoyo y/o
complementarias a los servicios de emergencia profesionales.
2.- En caso de ausencia de servicios de emergencia profesionales, o con tiempos de respuesta muy elevados,
teniendo conocimiento de la emergencia y previa notificación de ésta al Centro de Coordinación de
Emergencia correspondiente, podrán actuar eventualmente en tareas de intervención ante accidentes o
siniestros, pasando a ejercer tareas de apoyo una vez los servicios profesionales hagan acto de presencia y
actuando bajo su dirección a partir de entonces.
3.- El Plan Territorial Municipal frente a Emergencias y los Planes de Actuación Municipal frente a Riesgos
Específicos podrán fijar la naturaleza y el número de actuaciones de la Agrupación en función de su capacidad
y aptitud para asumirlas.
4.- En coherencia con su finalidad y organización, las funciones que podrán ser objeto de desarrollo por la
Agrupación son:
a) En el marco de la prevención:
Colaborar en los estudios de riesgos de la localidad, preferentemente orientados
a edificios, locales y establecimientos de pública concurrencia.
Colaboración y apoyo a la confección, implantación y divulgación de los planes
de autoprotección en dichos centros.
Colaboración en la elaboración y mantenimiento de los Planes Territoriales
Municipales y Planes de Actuación frente a Riesgos Específicos.
Confección y realización de campañas de información y divulgación a colectivos
afectados por los distintos riesgos, cumpliendo con las directrices dadas por el
Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra.
Colaboración en dispositivos operativos de carácter preventivo (en grandes
concentraciones humanas, vigilancia forestal, etc.).
b) En el marco de la intervención:
Apoyo a los servicios operativos de emergencia rutinarios, a requerimiento de
éstos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 14 de 20
Anuncio 5785/2023
2. La graduación de las sanciones se efectuará previa ponderación razonada de las circunstancias que
concurran en cada caso, mediante la aplicación de los criterios a tal efecto contenidos en la legislación sobre
procedimiento administrativo común.
3. Las sanciones impuestas en virtud del régimen sancionador contenido en el presente Reglamento
resultarán compatibles con aquellas otras tanto de carácter administrativo o penal que el sancionado hubiera
podido merecer por la comisión de los hechos determinantes de aquellas.
DISPOSICIONES FINALES
1.ª Por el Alcalde o concejal delegado en materia de Protección Civil se dictarán las instrucciones y directrices
que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Reglamento.
2.ª Este Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el DOE.
ANEXO 1: FUNCIONES GENERALES DEL VOLUNTARIO DE PROTECCIÓN CIVIL
1.- La actuación de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra,
se centrará, de forma permanente y regularizada, en el campo preventivo y operativo de la gestión de
emergencias, catástrofes y/o calamidades públicas, conforme a lo previsto en el Plan de emergencia Municipal
de Bodonal de la Sierra, en los Planes de Actuación frente a Riesgos Específicos y en actos de pública
concurrencia solicitados por el Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra, siempre en tareas de apoyo y/o
complementarias a los servicios de emergencia profesionales.
2.- En caso de ausencia de servicios de emergencia profesionales, o con tiempos de respuesta muy elevados,
teniendo conocimiento de la emergencia y previa notificación de ésta al Centro de Coordinación de
Emergencia correspondiente, podrán actuar eventualmente en tareas de intervención ante accidentes o
siniestros, pasando a ejercer tareas de apoyo una vez los servicios profesionales hagan acto de presencia y
actuando bajo su dirección a partir de entonces.
3.- El Plan Territorial Municipal frente a Emergencias y los Planes de Actuación Municipal frente a Riesgos
Específicos podrán fijar la naturaleza y el número de actuaciones de la Agrupación en función de su capacidad
y aptitud para asumirlas.
4.- En coherencia con su finalidad y organización, las funciones que podrán ser objeto de desarrollo por la
Agrupación son:
a) En el marco de la prevención:
Colaborar en los estudios de riesgos de la localidad, preferentemente orientados
a edificios, locales y establecimientos de pública concurrencia.
Colaboración y apoyo a la confección, implantación y divulgación de los planes
de autoprotección en dichos centros.
Colaboración en la elaboración y mantenimiento de los Planes Territoriales
Municipales y Planes de Actuación frente a Riesgos Específicos.
Confección y realización de campañas de información y divulgación a colectivos
afectados por los distintos riesgos, cumpliendo con las directrices dadas por el
Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra.
Colaboración en dispositivos operativos de carácter preventivo (en grandes
concentraciones humanas, vigilancia forestal, etc.).
b) En el marco de la intervención:
Apoyo a los servicios operativos de emergencia rutinarios, a requerimiento de
éstos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 14 de 20