Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza. (05586/2023)
Bases para la selección y contratación, en régimen de personal laboral, mediante contrato de relevo, de una plaza de Conductor del Parque de Maquinaria, mediante el sistema de concurso-oposición
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Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza

Anuncio 5586/2023

- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- Carné de conducir C y CAP de camión (CAP de transporte de mercancías).
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los
aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la plaza
que se opte se dirigirán a la Presidencia de esta Mancomunidad, y se presentarán en el Registro electrónico
general de esta Mancomunidad o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las bases de la convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia.
Las bases íntegras se publicarán igualmente en la sede electrónica de la Mancomunidad
https://mancomunidadolivenza.sedelectronica.es.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del
proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban
realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará
de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. La Mancomunidad será el responsable
del tratamiento de estos datos.
A la instancia (anexo I) se acompañarán los siguientes documentos en fotocopias debidamente compulsadas:
Documento Nacional de Identidad.
Permisos de conducir exigidos en la base tercera.
Documentación acreditativa de los méritos alegados debidamente compulsada.
Acreditación de experiencia laboral: Informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social +
Certificado de la empresa o de la administración pública + contrato.
Justificante bancario de haber abonado los derechos de examen.
Quinta. Tasa derechos de examen.
De conformidad con lo establecido en la vigente "Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de
examen" (BOP número 155 de fecha 14 de agosto de 2023); los aspirantes que soliciten la inscripción en las
pruebas selectivas, deberán ingresar en la cuenta de la que es titular esta Mancomunidad y que
seguidamente se especifica, la cantidad de (Agrupaciones Profesionales: 15,00 €.):
IBAN: ES78 2085 4571 2003 3049 4207
En el ingreso, se deberá especificar: Nombre, apellidos y DNI del aspirante.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante, sin que
este vicio sea subsanable.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causas imputables
al interesado, por lo que el supuesto de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los documentos
exigidos en la convocatoria no dará lugar a la devolución de los derechos de examen.
Sexta. Admisión de aspirantes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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