Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremejía. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05587/2023)
Delegación de competencias
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Torremejía
Anuncio 5587/2023
donaciones, herencias, legados y todo tipo de bienes y derechos transmisibles, incluso las cesiones
gratuitas que lleven anejas condiciones o modalidades onerosas.
La aceptación de bienes adjudicados al Ayuntamiento en procedimientos Judiciales o administrativos.
La solicitud de subvenciones a otras administraciones públicas y aceptación de las concedidas cuando
la normativa general o la específica aplicable al caso requiera el acuerdo plenario para ello.
El ejercicio de acciones administrativas y judiciales y la defensa en los procedimientos incoados contra
el Ayuntamiento.
Tercero.- Las atribuciones delegadas incluyen de manera especial la facultad de resolver mediante actos
administrativos que afecten a terceros y la facultad de resolver los recursos de reposición que se interpongan
contra los correspondientes acuerdos.
Cuarto.- Este acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente a su adopción, sin perjuicio de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia.
Quinto.- Son indelegables, sin embargo, las competencias atribuidas al Pleno municipal por la disposición
adicional segunda de la LCSP, referidas a la concesión de bienes y servicios por más de 5 años y que supere el
20% de los recursos ordinarios del presupuesto, así como la enajenación de bienes que excedan del 20% de
los recursos ordinarios, por prohibición expresa del artículo 47.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, así como
aquellas otras que una disposición legal establezca como indelegables.
En Torremejía, a fecha de la firma digital.- El Secretario, Juan Enrique García Torres.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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donaciones, herencias, legados y todo tipo de bienes y derechos transmisibles, incluso las cesiones
gratuitas que lleven anejas condiciones o modalidades onerosas.
La aceptación de bienes adjudicados al Ayuntamiento en procedimientos Judiciales o administrativos.
La solicitud de subvenciones a otras administraciones públicas y aceptación de las concedidas cuando
la normativa general o la específica aplicable al caso requiera el acuerdo plenario para ello.
El ejercicio de acciones administrativas y judiciales y la defensa en los procedimientos incoados contra
el Ayuntamiento.
Tercero.- Las atribuciones delegadas incluyen de manera especial la facultad de resolver mediante actos
administrativos que afecten a terceros y la facultad de resolver los recursos de reposición que se interpongan
contra los correspondientes acuerdos.
Cuarto.- Este acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente a su adopción, sin perjuicio de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia.
Quinto.- Son indelegables, sin embargo, las competencias atribuidas al Pleno municipal por la disposición
adicional segunda de la LCSP, referidas a la concesión de bienes y servicios por más de 5 años y que supere el
20% de los recursos ordinarios del presupuesto, así como la enajenación de bienes que excedan del 20% de
los recursos ordinarios, por prohibición expresa del artículo 47.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, así como
aquellas otras que una disposición legal establezca como indelegables.
En Torremejía, a fecha de la firma digital.- El Secretario, Juan Enrique García Torres.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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