Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (05526/2023)
Aprobación de las bases reguladoras y de la convocatoria para la concesión de subvenciones a los municipios de la Mancomunidad Municipios Centro, en el marco del proyecto "Sembrar Verde" de los presupuestos participativos de Diputación de Badajoz 2023
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Anuncio 5526/2023
4. Seleccionar el trámite remisión de documentación para la subsanación de la solicitud de
subvención destinada a municipios destinada a municipios de la Mancomunidad Integral
"Municipios Centro", en el marco del proyecto "Sembrar Verde".
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del Interesado y Representante, la solicitud correspondiente a la
convocatoria y los anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en
las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Base 9. Criterios de valoración.
Como se establece en la base 4, el régimen de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia no competitiva, no
siendo, por tanto, necesario la fijación de unos criterios de valoración que permitan una comparación de las solicitudes, con
el fin de establecer una prelación entre ellas, como ocurre en la concurrencia competitiva.
Las solicitudes se evaluarán desde la óptica de que los tipos de gastos objeto de las mismas sean subvencionables conforme
a lo establecido en la base 5 y a los objetivos del proyecto.
Base 10. Instrucción, comisión de valoración y resolución de la convocatoria.
1.- Gestión e instrucción.
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por el Área de Desarrollo Rural, Reto
Demográfico y Turismo, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos a valorar. El órgano instructor del procedimiento será el
Coordinador de la Oficina de Emprendimiento de dicho área.
Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas
para adquirir la condición de entidad beneficiaria de la subvención y se comprobará la documentación
presentada. Las solicitudes se analizarán una vez sea emitido certificado de Secretaría General comprensivo
de las solicitudes presentadas en el plazo establecido en la base 7.
Examinada la documentación que conforme cada solicitud, el órgano instructor requerirá, en su caso, de la
entidad solicitante la subsanación de los defectos u omisiones observados en la misma, conforme a lo
establecido en la base 8. Entre esos defectos podrá estar la inclusión de gastos no subvencionables en el
anexo III, en relación con lo establecido en la base 5.ª y con los objetivos del proyecto Sembrar Verde,
posibilitando, por tanto, al solicitante afectado reformular su propuesta.
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos
observados en la inicial, así como la resultante de las comprobaciones referidas anteriormente, el órgano
instructor elaborará un informe motivado de preevaluación sobre las solicitudes recibidas, que incluirá los
importes a subvencionar a cada solicitante, informe que elevará al órgano colegiado encargado de su
valoración y de la propuesta de resolución.
2.- Comisión de Valoración.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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subvención destinada a municipios destinada a municipios de la Mancomunidad Integral
"Municipios Centro", en el marco del proyecto "Sembrar Verde".
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del Interesado y Representante, la solicitud correspondiente a la
convocatoria y los anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en
las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Base 9. Criterios de valoración.
Como se establece en la base 4, el régimen de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia no competitiva, no
siendo, por tanto, necesario la fijación de unos criterios de valoración que permitan una comparación de las solicitudes, con
el fin de establecer una prelación entre ellas, como ocurre en la concurrencia competitiva.
Las solicitudes se evaluarán desde la óptica de que los tipos de gastos objeto de las mismas sean subvencionables conforme
a lo establecido en la base 5 y a los objetivos del proyecto.
Base 10. Instrucción, comisión de valoración y resolución de la convocatoria.
1.- Gestión e instrucción.
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por el Área de Desarrollo Rural, Reto
Demográfico y Turismo, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos a valorar. El órgano instructor del procedimiento será el
Coordinador de la Oficina de Emprendimiento de dicho área.
Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas
para adquirir la condición de entidad beneficiaria de la subvención y se comprobará la documentación
presentada. Las solicitudes se analizarán una vez sea emitido certificado de Secretaría General comprensivo
de las solicitudes presentadas en el plazo establecido en la base 7.
Examinada la documentación que conforme cada solicitud, el órgano instructor requerirá, en su caso, de la
entidad solicitante la subsanación de los defectos u omisiones observados en la misma, conforme a lo
establecido en la base 8. Entre esos defectos podrá estar la inclusión de gastos no subvencionables en el
anexo III, en relación con lo establecido en la base 5.ª y con los objetivos del proyecto Sembrar Verde,
posibilitando, por tanto, al solicitante afectado reformular su propuesta.
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos
observados en la inicial, así como la resultante de las comprobaciones referidas anteriormente, el órgano
instructor elaborará un informe motivado de preevaluación sobre las solicitudes recibidas, que incluirá los
importes a subvencionar a cada solicitante, informe que elevará al órgano colegiado encargado de su
valoración y de la propuesta de resolución.
2.- Comisión de Valoración.
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www.dip-badajoz.es/bop
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