Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05455/2023)
Bases específicas reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones locales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Campanario
Anuncio 5455/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Campanario
Campanario (Badajoz)
Anuncio 5455/2023
Bases específicas reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones locales
BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES LOCALES.
1. Objeto de la subvención.
Desde el Ayuntamiento se publican estas bases con el fin de buscar respuesta y soluciones a las reivindicaciones que
demandan nuestros vecinos en cuanto a calidad de vida y bienestar. Creemos que las personas que pertenecen a cada una
de las asociaciones de Campanario son vecinos solidarios implicados en participar en cualquier actividad. Así mismo influyen
con sus proyectos al resto de la sociedad y tienen la capacidad de responder a las necesidades del desarrollo cultural,
ocupación de tiempo libre, promoción social. Las asociaciones son indispensables para regenerar la vida en comunidad,
creando sentimiento de pertenencia e implicación en los proyectos que el Ayuntamiento por sí solo no puede realizar. Sin
las asociaciones, sin personas que se agrupan para sumar sus fuerzas y alcanzar objetivos, no habría desarrollo, cambio y
progreso.
Las presentes bases tienen por objeto regular y fijar los criterios y el procedimiento de concesión de subvenciones
otorgadas por el Ayuntamiento de Campanario a las asociaciones locales para los proyectos a desarrollar en el año 2023.
2. Requisitos que deberán reunir las asociaciones beneficiarias.
2.1.- Las asociaciones que quieran acceder a la presente orden de subvenciones deberán hallarse inscritas en
el Registro Asociaciones de Extremadura.
2.2.- En el caso de ser una asociación formada recientemente, deberá inscribirse, además, en el Registro de
Asociaciones del Ayuntamiento de Campanario.
Inscripción en el Registro:
Instancia dirigida al Alcalde solicitando la inscripción, acompañada del acuerdo del órgano
correspondiente en el que se haya acordado esa inscripción.
Copia de los estatutos o normas de funcionamiento vigentes.
Número de inscripción en el correspondiente Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Acta o certificación, de acuerdo con dicha normativa, de la última asamblea general de socios, o de un
órgano equivalente, en la que fuera elegida la Junta Directiva vigente en el día de la inscripción, con la
dirección y el teléfono, en su caso, de las personas que componen dicha Junta Directiva.
Sede social.
Código de Identificación Fiscal.
Certificación del número de personas inscritas a la asociación en el momento de la solicitud.
2.3.- Justificación, en su caso, de la subvención recibida en el ejercicio anterior.
3. Presentación de las solicitudes, plazo.
3.1.- Las presentes bases entrarán en vigor, previa inclusión de anuncio extractado en la Base Nacional de
Subvenciones, al día siguiente al de la publicación de su convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz.
3.2.- El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
3.3.- Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Campanario de
acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Campanario (Badajoz)
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BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES LOCALES.
1. Objeto de la subvención.
Desde el Ayuntamiento se publican estas bases con el fin de buscar respuesta y soluciones a las reivindicaciones que
demandan nuestros vecinos en cuanto a calidad de vida y bienestar. Creemos que las personas que pertenecen a cada una
de las asociaciones de Campanario son vecinos solidarios implicados en participar en cualquier actividad. Así mismo influyen
con sus proyectos al resto de la sociedad y tienen la capacidad de responder a las necesidades del desarrollo cultural,
ocupación de tiempo libre, promoción social. Las asociaciones son indispensables para regenerar la vida en comunidad,
creando sentimiento de pertenencia e implicación en los proyectos que el Ayuntamiento por sí solo no puede realizar. Sin
las asociaciones, sin personas que se agrupan para sumar sus fuerzas y alcanzar objetivos, no habría desarrollo, cambio y
progreso.
Las presentes bases tienen por objeto regular y fijar los criterios y el procedimiento de concesión de subvenciones
otorgadas por el Ayuntamiento de Campanario a las asociaciones locales para los proyectos a desarrollar en el año 2023.
2. Requisitos que deberán reunir las asociaciones beneficiarias.
2.1.- Las asociaciones que quieran acceder a la presente orden de subvenciones deberán hallarse inscritas en
el Registro Asociaciones de Extremadura.
2.2.- En el caso de ser una asociación formada recientemente, deberá inscribirse, además, en el Registro de
Asociaciones del Ayuntamiento de Campanario.
Inscripción en el Registro:
Instancia dirigida al Alcalde solicitando la inscripción, acompañada del acuerdo del órgano
correspondiente en el que se haya acordado esa inscripción.
Copia de los estatutos o normas de funcionamiento vigentes.
Número de inscripción en el correspondiente Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Acta o certificación, de acuerdo con dicha normativa, de la última asamblea general de socios, o de un
órgano equivalente, en la que fuera elegida la Junta Directiva vigente en el día de la inscripción, con la
dirección y el teléfono, en su caso, de las personas que componen dicha Junta Directiva.
Sede social.
Código de Identificación Fiscal.
Certificación del número de personas inscritas a la asociación en el momento de la solicitud.
2.3.- Justificación, en su caso, de la subvención recibida en el ejercicio anterior.
3. Presentación de las solicitudes, plazo.
3.1.- Las presentes bases entrarán en vigor, previa inclusión de anuncio extractado en la Base Nacional de
Subvenciones, al día siguiente al de la publicación de su convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz.
3.2.- El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
3.3.- Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Campanario de
acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
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