Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Transición Ecológica (Badajoz). (05234/2023)
Convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones para el 2.º Plan de Control de Mosquitos 2023 en la zona de las Vegas Altas del Guadiana
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Transición Ecológica
Anuncio 5234/2023
Los anexos se podrán descargar en las siguientes direcciones web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar una memoria final firmada por el representante legal de la
entidad en la que se haga una descripción detallada de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
La acreditación de esta publicidad se detalla en la base 9, apartado d) sobre "obligaciones del beneficiario".
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión.
Sin embargo, cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención
relativa a esta convocatoria, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
D.2.- Documentación a aportar:
Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario-Interventor/a y V.º B.º del
Presidente de la entidad según el modelo que figura en el anexo III de cuenta
justificativa en el que figure:
Que la aplicación de los fondos se ha destinado a la finalidad para la que
se concedió.
Una relación de las obligaciones reconocidas netas, contabilizadas en el
presupuesto de la entidad, con cargo a la subvención de Diputación de
Badajoz.
Una relación de las obligaciones reconocidas netas, contabilizadas en el
presupuesto de la entidad, con cargo a fondos propios de la entidad, u
otras subvenciones o recursos.
Que todas las obligaciones certificadas se corresponden con gastos
devengados durante el período de ejecución establecido (del 1 de junio al
30 de septiembre de 2021) y efectivamente pagados con fecha 30 de
noviembre de 2023.
Que fueron consideradas, a efectos de justificación, todas las limitaciones
establecidas en la convocatoria a los gastos justificables, así como las
limitaciones relativas a los pagos realizados en efectivo, establecidas en
las bases de la convocatoria.
Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el
proyecto o la actividad con indicación del importe y su procedencia.
Que se haga constar que el importe de la subvención concedida, por sí
sola o en concurrencia con otras subvenciones concedidas por agentes
financiadores, no excede del importe total de la actividad o proyecto
subvencionado.
La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el control financiero de las
subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones a las que se refiere el Título III de la Ley de
Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la apertura de expedientes de reintegro, en su caso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar una memoria final firmada por el representante legal de la
entidad en la que se haga una descripción detallada de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
La acreditación de esta publicidad se detalla en la base 9, apartado d) sobre "obligaciones del beneficiario".
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión.
Sin embargo, cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención
relativa a esta convocatoria, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
D.2.- Documentación a aportar:
Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario-Interventor/a y V.º B.º del
Presidente de la entidad según el modelo que figura en el anexo III de cuenta
justificativa en el que figure:
Que la aplicación de los fondos se ha destinado a la finalidad para la que
se concedió.
Una relación de las obligaciones reconocidas netas, contabilizadas en el
presupuesto de la entidad, con cargo a la subvención de Diputación de
Badajoz.
Una relación de las obligaciones reconocidas netas, contabilizadas en el
presupuesto de la entidad, con cargo a fondos propios de la entidad, u
otras subvenciones o recursos.
Que todas las obligaciones certificadas se corresponden con gastos
devengados durante el período de ejecución establecido (del 1 de junio al
30 de septiembre de 2021) y efectivamente pagados con fecha 30 de
noviembre de 2023.
Que fueron consideradas, a efectos de justificación, todas las limitaciones
establecidas en la convocatoria a los gastos justificables, así como las
limitaciones relativas a los pagos realizados en efectivo, establecidas en
las bases de la convocatoria.
Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el
proyecto o la actividad con indicación del importe y su procedencia.
Que se haga constar que el importe de la subvención concedida, por sí
sola o en concurrencia con otras subvenciones concedidas por agentes
financiadores, no excede del importe total de la actividad o proyecto
subvencionado.
La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el control financiero de las
subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones a las que se refiere el Título III de la Ley de
Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la apertura de expedientes de reintegro, en su caso.
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