Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05306/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal número 23, reguladora de tasa por aprovechamiento del dominio público y prestación de servicios en las instalaciones deportivas municipales
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Ayuntamiento de Azuaga
Anuncio 5306/2023
PISCINA
Actividad
Tarifa (€)
Natación infantiles
10,00
Natación mayores de 16 años
15,00
Natación para pensionistas
12,00
Natación cuota carné joven
10,00
Reserva calles para natación
1,00
Entrada adulto (mayores de 16 años)
3,00
Entrada infantil/pensionista/minusválido/carné joven/familia numerosa
1,80
ABONOS PISCINA
Adultos (>16 años)
Tarifa (€)
15 días
35,00
30 días
53,00
Temporada
70,00
Niños (<16 años) / carné joven / minusválidos / pensionistas / familia numerosa
Tarifa (€)
15 días
23,00
30 días
29,00
Temporada
42,00
Bonificación 50% para familias numerosas (aplicables a cada miembro de la unidad familiar) para actividades deportivas,
entre ellas, cursos de natación. En ningún caso será aplicable esta bonificación a la entrada individual de la piscina, cuya
tarifa es de 1,80 euros. Respecto de las tarifas para uso de instalaciones deportivas rigen las contempladas expresamente en
el anexo I de la Ordenanza fiscal (solamente se aplicará la bonificación del 50% para carné joven para pistas de Pádel y de
Tenis).
De conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales el presente acuerdo pone fin a la
vía administrativa y contra el mismo puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de 2 meses a contar desde el siguiente al de la inserción del
presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, según determinan los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Pudiendo, no obstante, formular cualquier otro que estime procedente.
En Azuaga, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Natividad Fuentes del Puerto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Actividad
Tarifa (€)
Natación infantiles
10,00
Natación mayores de 16 años
15,00
Natación para pensionistas
12,00
Natación cuota carné joven
10,00
Reserva calles para natación
1,00
Entrada adulto (mayores de 16 años)
3,00
Entrada infantil/pensionista/minusválido/carné joven/familia numerosa
1,80
ABONOS PISCINA
Adultos (>16 años)
Tarifa (€)
15 días
35,00
30 días
53,00
Temporada
70,00
Niños (<16 años) / carné joven / minusválidos / pensionistas / familia numerosa
Tarifa (€)
15 días
23,00
30 días
29,00
Temporada
42,00
Bonificación 50% para familias numerosas (aplicables a cada miembro de la unidad familiar) para actividades deportivas,
entre ellas, cursos de natación. En ningún caso será aplicable esta bonificación a la entrada individual de la piscina, cuya
tarifa es de 1,80 euros. Respecto de las tarifas para uso de instalaciones deportivas rigen las contempladas expresamente en
el anexo I de la Ordenanza fiscal (solamente se aplicará la bonificación del 50% para carné joven para pistas de Pádel y de
Tenis).
De conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales el presente acuerdo pone fin a la
vía administrativa y contra el mismo puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de 2 meses a contar desde el siguiente al de la inserción del
presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, según determinan los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Pudiendo, no obstante, formular cualquier otro que estime procedente.
En Azuaga, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Natividad Fuentes del Puerto.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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