Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Palomas. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05201/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Palomas

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Medalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura categoría plata

0,20 puntos

Condecoraciones de otras administraciones o cuerpos policiales

0,10 puntos

Reconocimientos

0,05 puntos

f) Agrupación/conciliación vida familiar y laboral, hasta un máximo de 1,50 puntos:
Por destino laboral previo debidamente acreditado del o de la cónyuge o pareja de hecho inscrita
legalmente en el municipio convocante, con una antigüedad de residencia en el Padrón municipal
mínima de 1 año en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias

0,50 puntos

Persona divorciada o separada legalmente o de hecho, cuando, existiendo descendiente/es menor/es
de edad, el convenio regulador de dicha situación establezca una custodia compartida o un régimen de
visitas incompatible con la residencia en localidad distinta al Ayuntamiento convocante

0,50 puntos

Por tener un hijo o hija menor de edad

0,50 puntos

Por tener una hija o hijo menor o mayor de edad con discapacidad reconocida igual o superior a un
33%

0,50 puntos

Por tener persona ascendiente con dependencia acreditada por enfermedad grave crónica o rara, que
no pueda valerse por sí misma y no desempeñe actividad retribuida, inscrita legalmente en el
municipio convocante, con una antigüedad de residencia en el Padrón municipal mínima de 1 año

0,50 puntos

g) Méritos específicos, hasta un máximo de 0,25 puntos:
Cursos relativos a primeros auxilios

0,25

Séptima. Calificación del proceso de movilidad.
La calificación definitiva de las personas aspirantes en el proceso de movilidad será la suma de las puntuaciones alcanzadas.
La puntuación total de cada aspirante determinará su posición en la relación definitiva del proceso, que se confeccionará de
mayor a menor puntuación.
En caso de empate, el Tribunal Calificador seleccionará a la/s persona/s aspirante/s aplicando los siguientes criterios:
En primer lugar, para dirimir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el apartado
experiencia profesional.
De persistir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el apartado formación continua.
De persistir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el apartado agrupación/conciliación
vida familiar y laboral.
De persistir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el apartado titulaciones
académicas.
De continuar el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el apartado docencia.
De seguir persistiendo el empate, se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el apartado
condecoraciones.
De continuar el empate y se hubieran incluido en la convocatoria la valoración de méritos específicos, se decidirá por
quien mayor puntuación haya obtenido en dicho apartado.
De persistir el empate éste se resolverá en favor de aquélla persona que mayor puntuación obtenga aplicando todos
los criterios de valoración sin límite máximo de puntos por cada criterio.
Por último y de persistir el empate, se dará preferencia a la persona del sexo con menor presencia en el conjunto de
la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuando éste no represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor puntuación. Se publicará en la sede
electrónica de este Ayuntamiento y, en el tablón de anuncios, para mayor difusión.
Octava. Nombramiento y toma de posesión.
Previo a la resolución del nombramiento de los aspirantes, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de contrastar el
cumplimiento de cuantas condiciones y requisitos se recogen en las presentes bases.
Por la Alcaldía-Presidencia, se procederá al nombramiento de los aspirantes propuestos por el Tribunal Calificador.
Cuando la toma de posesión determine el reingreso al servicio activo, los candidatos, con carácter previo a la toma de
posesión, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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