Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05186/2023)
Bases y convocatoria para la constitución de una bolsa de Albañiles-Enterradores mediante concurso-oposición en el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Anuncio 5186/2023
presentarse la solicitud por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común.
En cualquier caso, si se remite por cualquier medio distinto al Registro general del Ayuntamiento (ya sea físico o electrónico),
deberá remitir un correo electrónico (incluyendo la documentación presentada y el justificante de presentación) a la
siguiente dirección: ayuntamiento@puebladelacalzada.es.
En todo caso, se requerirá su presentación, en tiempo y forma, y deberá ir acompañada de fotocopia de los documentos
acreditativos de reunir los requisitos previstos en la base segunda de la convocatoria. La no presentación en tiempo y forma
supondrá la exclusión del aspirante.
La solicitud deberá ir en todo caso acompañada por:
- Fotocopia o copia auténtica del NIF o, en su caso, pasaporte.
- Fotocopia o copia auténtica del permiso de conducción de la clase B.
- Fotocopia o copia auténtica de la acreditación de formación en materia de construcción, mediante
aportación de TPC o similar.
- Documentación acreditativa de la titulación y permisos exigidos para acceder al puesto.
- Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, a valorar en la fase de concurso.
En cualquier caso, el aspirante presentará la documentación original antes de la formalización del contrato.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento y en la sede electrónica: http://puebladelacalzada.sedelectronica.es. A efectos de cómputo de plazos, regirá la
fecha de publicación del correspondiente anuncio en la sede electrónica (salvo los anuncios que deban ser publicados en
diarios oficiales).
Cuarta.- Admisión: Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará
en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
http://puebladelacalzada.sedelectronica.es], se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos podrán manifestarlo en el
mismo plazo.
Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanasen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a
ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del procedimiento selectivo.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la subsanación de
defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo conforme a la Ley Reguladora de
dicha Jurisdicción.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
http://puebladelacalzada.sedelectronica.es]. Dicha publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos.
Igualmente en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del órgano de selección.
Quinta.-Tribunal Calificador: Se constituirá Tribunal Calificador integrado por cinco miembros: Un Presidente, tres vocales y
un Secretario. Se designaran igual número de suplentes. Todos los miembros del Tribunal de Selección, titulares y suplentes,
habrán de ser empleados públicos y poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso al puesto objeto del
proceso.
Sexta.- Procedimiento de selección: Concurso-oposición.
El sistema selectivo será el de concurso-oposición. La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
a. Fase oposición: Consistirá en un examen teórico-práctico del temario expuesto en el anexo I. Esta prueba
se puntuará de 0 a 10 puntos, debiendo obtener 5 puntos para ser considerado apto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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presentarse la solicitud por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común.
En cualquier caso, si se remite por cualquier medio distinto al Registro general del Ayuntamiento (ya sea físico o electrónico),
deberá remitir un correo electrónico (incluyendo la documentación presentada y el justificante de presentación) a la
siguiente dirección: ayuntamiento@puebladelacalzada.es.
En todo caso, se requerirá su presentación, en tiempo y forma, y deberá ir acompañada de fotocopia de los documentos
acreditativos de reunir los requisitos previstos en la base segunda de la convocatoria. La no presentación en tiempo y forma
supondrá la exclusión del aspirante.
La solicitud deberá ir en todo caso acompañada por:
- Fotocopia o copia auténtica del NIF o, en su caso, pasaporte.
- Fotocopia o copia auténtica del permiso de conducción de la clase B.
- Fotocopia o copia auténtica de la acreditación de formación en materia de construcción, mediante
aportación de TPC o similar.
- Documentación acreditativa de la titulación y permisos exigidos para acceder al puesto.
- Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, a valorar en la fase de concurso.
En cualquier caso, el aspirante presentará la documentación original antes de la formalización del contrato.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento y en la sede electrónica: http://puebladelacalzada.sedelectronica.es. A efectos de cómputo de plazos, regirá la
fecha de publicación del correspondiente anuncio en la sede electrónica (salvo los anuncios que deban ser publicados en
diarios oficiales).
Cuarta.- Admisión: Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará
en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
http://puebladelacalzada.sedelectronica.es], se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos podrán manifestarlo en el
mismo plazo.
Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanasen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a
ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del procedimiento selectivo.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la subsanación de
defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo conforme a la Ley Reguladora de
dicha Jurisdicción.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
http://puebladelacalzada.sedelectronica.es]. Dicha publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos.
Igualmente en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del órgano de selección.
Quinta.-Tribunal Calificador: Se constituirá Tribunal Calificador integrado por cinco miembros: Un Presidente, tres vocales y
un Secretario. Se designaran igual número de suplentes. Todos los miembros del Tribunal de Selección, titulares y suplentes,
habrán de ser empleados públicos y poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso al puesto objeto del
proceso.
Sexta.- Procedimiento de selección: Concurso-oposición.
El sistema selectivo será el de concurso-oposición. La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
a. Fase oposición: Consistirá en un examen teórico-práctico del temario expuesto en el anexo I. Esta prueba
se puntuará de 0 a 10 puntos, debiendo obtener 5 puntos para ser considerado apto.
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