Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05150/2023)
Aprobación definitiva de la modificación puntual número 1 del Plan Parcial RC-2 del Planeamiento Municipal de Zafra
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 5150/2023

y en su proyección y ejecución se observarán las siguientes condiciones:
- No se dispondrá en ningún caso conductos de diámetro inferior a 200 mm ni superior a 700 mm, dimensión
a partir de la cual, salvo causas justificadas, se adoptarán secciones ovoides de relación H/V igual a 1/1,50.
- Todos los conductos serán de hormigón vibro prensado, admitiéndose también los de hormigón
centrifugado exclusivamente en tuberías de sección circular.
4.5. Condiciones de ejecución de la red de energía eléctrica.
Las obras de urbanización correspondientes a la red de energía eléctrica comprenderán, además de la instalación y puesta
en servicio de todos los elementos de la red interior de distribución en baja tensión, la intersección de las líneas aéreas de
media tensión que discurren por el Centro del Sector, las acometidas desde la misma a los centros de transformación de la
ordenación, y la construcción e instalación de éstos, y en su proyección y ejecución se cumplirán las disposiciones que
respecto al dimensionado y características de sus elementos y conducciones, y sobre el tendido de líneas y emplazamiento
de los centros de transformación se establecen en la normativa municipal.
4.6. Condiciones de ejecución de la red de alumbrado público.
Las obras de urbanización relativas a la red de alumbrado público incluirán la instalación y puesta en servicio de las
luminarias y demás elementos de cada punto de alumbrado, y de las conducciones de alimentación y acometida a los
mismos desde los centros de transformación, y en su proyección y ejecución se observarán las siguientes condiciones:
- Todas las luminarias de los distintos puntos de alumbrado serán de vapor de sodio A.P. o similar, dispuestas
sobre báculos en puntos de la red viaria principal y sobre columnas en el alumbrado del viario local y de los
espacios libres y áreas peatonales de uso público.
- Para la totalidad de la red, o partes diferenciables de la misma, se instalarán unidades de cuadro eléctrico
con reloj de encendido automático, para la conexión y desconexión del alumbrado.
4.7. Condiciones de ejecución de las redes de telefonía y de otros servicios infraestructurales.
Las obras de urbanización relativas a la Red de Telefonía, así como las correspondientes a otros servicios de que pudiere
dotarse al Sector ordenado, comprenderán, además de la instalación y puesta en servicio de los elementos de cada red
interior, las necesarias conexiones con las redes generales exteriores, y en proyección y ejecución se observarán las
disposiciones oficiales al respecto y se seguirán las directrices municipales y las instrucciones de la compañía o entidad
prestataria del servicio de que se trate.
4.8. Condiciones de tratamiento de los espacios libres.
Las obras de urbanización correspondientes al acondicionamiento de los espacios libres del sector y al tratamiento de las
zonas verdes del área programada, incluirán, además de la explanación y pavimentación terriza o artificial de itinerarios y
áreas peatonales y el aporte de suelo vegetal y plantación de arbolado y especies de jardinería en las zonas verdes, la
dotación e implantación de mobiliario urbano consistente, como mínimo, en la disposición de papeleras en todas las áreas, y
de bancos y surtidores de agua potable en zonas de estancia y recreo.
Tanto en la proyección y ejecución del tratamiento y acondicionamiento de estas áreas como en la homologación de sus
elementos se observarán las ordenanzas y directrices municipales al respecto.
5.- CONDICIONES GENERALES DE LA EDIFICACIÓN.
5.1. Condiciones de parcelación.
5.1.1. Parcela mínima.
Las características dimensionales que habrán de reunir las parcelas para su consideración como solares edificables serán las
que, según la tipología edificatoria a desarrollar sobre las mismas, se indican en el siguiente cuadro:

Tipo de edificación

Superf.
2

Edificación abierta

200 m

Manzana con patio Manzana

200 m2

Fachada

Fondo

Dimensión M. (1)

10 m

10

10 m

10 m (2)

10 m

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 7 de 28