Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04790/2023)
Decreto de modificación de las bases 6 y 20 de la convocatoria del Plan de Electrificación Municipal 2021 de la Diputación de Badajoz
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Anuncio 4790/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos
Badajoz
Anuncio 4790/2023
Decreto de modificación de las bases 6 y 20 de la convocatoria del Plan de Electrificación Municipal 2021 de la Diputación
de Badajoz
DECRETO DE MODIFICACIÓN DE LAS BASES 6 Y 20 DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN DE ELECTRIFICACIÓN MUNICIPAL 2021
DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ
ANTECEDENTES
Primero: La Diputación Provincial de Badajoz, en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible
2014-2020, está llevando a cabo el Plan SmartEnergía, el cual pretende estructurar y canalizar mejoras en materia de
eficiencia energética y de uso de fuentes de energías renovables en edificaciones y estructuras de servicio público y
aumentar el uso de las energías renovables para la producción de electricidad y usos térmicos en edificaciones e
infraestructuras públicas, en particular, favoreciendo la generación a pequeña escala en puntos cercanos al consumo.
Segundo: El 23 de junio de 2021, se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz las bases reguladoras para la
convocatoria de subvenciones del Plan de Electrificación Municipal 2021, que tienen por objeto la regulación de la concesión
y la convocatoria de subvenciones, en concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones para la adaptación y
mejora de las instalaciones eléctricas y térmicas por los municipios y las entidades locales menores de la Provincia de
Badajoz, de manera que se contribuya a paliar las dificultades técnicas de estas entidades en el momento de ampliar o
acometer nuevas actuaciones en sus instalaciones eléctricas y energéticas así como a las inversiones adicionales necesarias
para su adecuación o regulación normativa.
Por este motivo, al tratarse de una convocatoria de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva, uno de
los criterios de ponderación de las solicitudes con mayor puntuación (100 puntos) consistía en que las actuaciones a
subvencionar fueran instalaciones en dependencias e instalaciones incluidas en el Plan SmartEnergía. En este sentido, la
resolución de concesión de subvenciones, de fecha 11 de noviembre de 2021, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
de 12 de noviembre, otorgó ayudas a un total de 94 entidades, de las cuales 68 estaban dentro del Plan SmartEnergía.
Tercero: La base n.º 6 de la convocatoria "Gastos subvencionables" establecía que:
"Se considerarán gastos subvencionables aquéllos que se encuentren devengados y pagados en el periodo
que abarca desde el 1 de enero de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022 ...."
Cuarto: A su vez, la base n.º 20 de la convocatoria "Justificación de la subvención" establecía que:
"Las entidades locales, deberán tener ejecutadas y pagadas las actuaciones sujetas a esta convocatoria, antes
del 30 de septiembre de 2022, o en su caso, con anterioridad a la finalización del plazo de prórroga.…" No
permitiendo la convocatoria la posibilidad de prórroga de ejecución y pago.
Quinto: Ante las múltiples solicitudes de modificación del plazo de ejecución y pago de las distintas actuaciones del plan,
debidas a la dilatación del tiempo necesario para la correcta finalización de las actuaciones, motivada principalmente por la
pandemia de COVID-19 que dio lugar a una elevada destrucción y pérdida de empleos en los distintos sectores de actividad,
en especial en el de la obra pública, y posteriormente por la inflación que ha ocasionado la guerra en Ucrania, con el
impacto de subidas de materiales; mediante resolución de fecha 26 de agosto de 2022, se prorrogó el plazo de ejecución y
pago de la convocatoria de manera extraordinaria a todas las entidades locales que no tenían ejecutadas las subvenciones
en los plazos inicialmente contemplados en la misma, hasta el 30 de septiembre de 2023.
Sexto: Tras la comprobación del estado de las justificaciones remitidas hasta la fecha, se detecta que existe un número muy
elevado de actuaciones que no han sido justificadas, concretamente 56 correspondientes a 39 localidades, por lo que se
desprende que básicamente todos los ayuntamientos que aún no han justificado van a necesitar de un mayor período de
ejecución y pago para poder finalizar unas actuaciones que son de especial importancia para las entidades beneficiarias
debido a la necesidad de llevar a cabo una adecuada regularización y actualización normativa de sus instalaciones eléctricas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ
ANTECEDENTES
Primero: La Diputación Provincial de Badajoz, en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible
2014-2020, está llevando a cabo el Plan SmartEnergía, el cual pretende estructurar y canalizar mejoras en materia de
eficiencia energética y de uso de fuentes de energías renovables en edificaciones y estructuras de servicio público y
aumentar el uso de las energías renovables para la producción de electricidad y usos térmicos en edificaciones e
infraestructuras públicas, en particular, favoreciendo la generación a pequeña escala en puntos cercanos al consumo.
Segundo: El 23 de junio de 2021, se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz las bases reguladoras para la
convocatoria de subvenciones del Plan de Electrificación Municipal 2021, que tienen por objeto la regulación de la concesión
y la convocatoria de subvenciones, en concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones para la adaptación y
mejora de las instalaciones eléctricas y térmicas por los municipios y las entidades locales menores de la Provincia de
Badajoz, de manera que se contribuya a paliar las dificultades técnicas de estas entidades en el momento de ampliar o
acometer nuevas actuaciones en sus instalaciones eléctricas y energéticas así como a las inversiones adicionales necesarias
para su adecuación o regulación normativa.
Por este motivo, al tratarse de una convocatoria de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva, uno de
los criterios de ponderación de las solicitudes con mayor puntuación (100 puntos) consistía en que las actuaciones a
subvencionar fueran instalaciones en dependencias e instalaciones incluidas en el Plan SmartEnergía. En este sentido, la
resolución de concesión de subvenciones, de fecha 11 de noviembre de 2021, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
de 12 de noviembre, otorgó ayudas a un total de 94 entidades, de las cuales 68 estaban dentro del Plan SmartEnergía.
Tercero: La base n.º 6 de la convocatoria "Gastos subvencionables" establecía que:
"Se considerarán gastos subvencionables aquéllos que se encuentren devengados y pagados en el periodo
que abarca desde el 1 de enero de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022 ...."
Cuarto: A su vez, la base n.º 20 de la convocatoria "Justificación de la subvención" establecía que:
"Las entidades locales, deberán tener ejecutadas y pagadas las actuaciones sujetas a esta convocatoria, antes
del 30 de septiembre de 2022, o en su caso, con anterioridad a la finalización del plazo de prórroga.…" No
permitiendo la convocatoria la posibilidad de prórroga de ejecución y pago.
Quinto: Ante las múltiples solicitudes de modificación del plazo de ejecución y pago de las distintas actuaciones del plan,
debidas a la dilatación del tiempo necesario para la correcta finalización de las actuaciones, motivada principalmente por la
pandemia de COVID-19 que dio lugar a una elevada destrucción y pérdida de empleos en los distintos sectores de actividad,
en especial en el de la obra pública, y posteriormente por la inflación que ha ocasionado la guerra en Ucrania, con el
impacto de subidas de materiales; mediante resolución de fecha 26 de agosto de 2022, se prorrogó el plazo de ejecución y
pago de la convocatoria de manera extraordinaria a todas las entidades locales que no tenían ejecutadas las subvenciones
en los plazos inicialmente contemplados en la misma, hasta el 30 de septiembre de 2023.
Sexto: Tras la comprobación del estado de las justificaciones remitidas hasta la fecha, se detecta que existe un número muy
elevado de actuaciones que no han sido justificadas, concretamente 56 correspondientes a 39 localidades, por lo que se
desprende que básicamente todos los ayuntamientos que aún no han justificado van a necesitar de un mayor período de
ejecución y pago para poder finalizar unas actuaciones que son de especial importancia para las entidades beneficiarias
debido a la necesidad de llevar a cabo una adecuada regularización y actualización normativa de sus instalaciones eléctricas
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