Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berlanga. (04765/2023)
Aprobación inicial del Reglamento de organización y funcionamiento del Programa Colaborativo Rural "Web Berlanga"
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Berlanga
Anuncio 4765/2023
g) Utilizar, con la debida corrección, las instalaciones, mobiliario y material del
programa/proyecto.
h) Disponer de los utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas, conforme a las
normas de seguridad y salud laboral en el trabajo.
i) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad higiene
en el trabajo.
j) A una evaluación continua y objetiva.
k) A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción
laboral.
l) A participar en la organización del programa/proyecto a través de la formulación de
sugerencias y opiniones, bien de forma individual o colectiva.
m) A la percepción de la remuneración establecida por la normativa que resulte de aplicación.
n) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones
concordantes.
Artículo 9.- Deberes y responsabilidades de los alumnos/trabajadores. Prohibiciones.
1.- Los/as alumnos/as-trabajadores/as deberán de:
a) Asistir y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan,
cumpliendo las obligaciones establecidas para el desarrollo del programa/ proyecto conforme a
las reglas de buena fe y diligencia.
b) Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección del equipo
directivo-docente, pudiendo ser adoptadas por el referido equipo las oportunas medidas de
vigilancia y control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de
aplicación del trabajador participante.
c) Participar activamente y con una actitud adecuada en las clases teóricas complementarias de
su formación integral, cumpliendo con las tareas que les sean encomendadas por el equipo
docente.
d) Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo
conscientes en todo momento de que de ellos depende la imagen que el programa/proyecto
ofrece al municipio, su entorno y ciudadanos (incluidos sus posibles empleadores futuros).
e) Respetar las normas internas y cumplir y obedecer las órdenes e instrucciones impartidas
por el equipo directivo-docente en el ejercicio de sus funciones, así como personas en quienes
estos deleguen.
f) Respetar la dignidad de cuantas personas forma parte del programa/proyecto, así como
mantener una actitud cívica en su comportamiento personal.
g) Guardar el debido respeto a los compañeros/as, manteniendo un trato no sexista y de
corrección y colaboración con ellos/as en el trabajo.
h) Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás materiales tanto del
programa/proyecto como de la entidad promotora.
i) Hacerse responsables del vestuario, de los medios didácticos proporcionados y de las
herramientas que les sean entregadas para su trabajo, cuidándolas y guardándolas de modo
conveniente y haciéndose cargo de su reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso
de los mismos, siempre que se demuestre la falta de diligencia del alumno en tales
circunstancias.
En este sentido, indicar que la ropa de trabajo proporcionada ha de ser utilizada únicamente en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 16
Anuncio 4765/2023
g) Utilizar, con la debida corrección, las instalaciones, mobiliario y material del
programa/proyecto.
h) Disponer de los utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas, conforme a las
normas de seguridad y salud laboral en el trabajo.
i) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad higiene
en el trabajo.
j) A una evaluación continua y objetiva.
k) A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción
laboral.
l) A participar en la organización del programa/proyecto a través de la formulación de
sugerencias y opiniones, bien de forma individual o colectiva.
m) A la percepción de la remuneración establecida por la normativa que resulte de aplicación.
n) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones
concordantes.
Artículo 9.- Deberes y responsabilidades de los alumnos/trabajadores. Prohibiciones.
1.- Los/as alumnos/as-trabajadores/as deberán de:
a) Asistir y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan,
cumpliendo las obligaciones establecidas para el desarrollo del programa/ proyecto conforme a
las reglas de buena fe y diligencia.
b) Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección del equipo
directivo-docente, pudiendo ser adoptadas por el referido equipo las oportunas medidas de
vigilancia y control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de
aplicación del trabajador participante.
c) Participar activamente y con una actitud adecuada en las clases teóricas complementarias de
su formación integral, cumpliendo con las tareas que les sean encomendadas por el equipo
docente.
d) Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo
conscientes en todo momento de que de ellos depende la imagen que el programa/proyecto
ofrece al municipio, su entorno y ciudadanos (incluidos sus posibles empleadores futuros).
e) Respetar las normas internas y cumplir y obedecer las órdenes e instrucciones impartidas
por el equipo directivo-docente en el ejercicio de sus funciones, así como personas en quienes
estos deleguen.
f) Respetar la dignidad de cuantas personas forma parte del programa/proyecto, así como
mantener una actitud cívica en su comportamiento personal.
g) Guardar el debido respeto a los compañeros/as, manteniendo un trato no sexista y de
corrección y colaboración con ellos/as en el trabajo.
h) Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás materiales tanto del
programa/proyecto como de la entidad promotora.
i) Hacerse responsables del vestuario, de los medios didácticos proporcionados y de las
herramientas que les sean entregadas para su trabajo, cuidándolas y guardándolas de modo
conveniente y haciéndose cargo de su reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso
de los mismos, siempre que se demuestre la falta de diligencia del alumno en tales
circunstancias.
En este sentido, indicar que la ropa de trabajo proporcionada ha de ser utilizada únicamente en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 16