Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (04142/2023)
Bases, normas y condiciones generales de adjudicación de parcelas para casetas para partidos políticos, entidades, sindicatos, asociaciones vecinales y particulares en el recinto ferial municipal durante la feria y fiestas de Mérida 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 4142/2023
No depositar la basura en los lugares establecidos por los servicios municipales y
con riesgo para las personas.
No cumplir con el horario establecido por el Ayuntamiento de Mérida, en cuanto
al cierre de la actividad.
b.3.- Faltas muy graves:
La acumulación de dos incumplimientos graves durante la celebración de la Feria
de modo consecutivo, o la reiteración del incumplimiento habiendo sido
apercibido por los servicios municipales.
La desconsideración hacia la ciudadanía en general, así como a cualquier
funcionario/a en el ejercicio de sus obligaciones.
La ocupación de espacios no autorizados dentro del Recinto Ferial ya sean zonas
de parcelas o zonas comunes.
La falsedad documental.
Dejadez manifiesta en el mantenimiento del negocio que pueda acontecer u
accidente.
Traspasar, vender o alquilar las parcelas a terceros.
El inicio de la actividad sin autorización municipal, o el cambio de actividad
durante la feria, careciendo de la autorización municipal.
No cumplir las fechas de montaje y desmontaje previstas en estas bases.
b.4.- De la adopción de medidas cautelares:
Formulada denuncia por los/as responsables municipales o por los/as agentes de la autoridad,
sobre hechos que supongan el incumplimiento grave o muy grave de lo dispuesto en las
presentes bases, se dará traslado del contenido de la misma al responsable de la atracción
denunciada, otorgándose un término de audiencia por plazo de veinticuatro horas, a fin de que
pueda efectuar cuantas alegaciones estime oportunas sobre el contenido de la misma y la
realidad de los hechos denunciados.
Transcurrido dicho plazo, acreditado en su caso el incumplimiento grave o muy grave de lo
dispuesto en las presentes bases, el Ayuntamiento de Mérida, en función de los hechos
denunciado y por razones de urgencia, podrá adoptar las medidas cautelares pertinentes en
orden a garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases, pudiendo acordar la
revocación de la autorización concedida y el cierre y precinto de las instalaciones.
Todo ello, sin perjuicio de que razones de seguridad de las personas bienes o de grave perjuicio
al interés público obliguen al acuerdo de cierre inmediato de las instalaciones, de acuerdo con
la legislación vigente.
b.5.- De las consecuencias sancionadoras por incumplimiento de lo dispuesto en las presentes
bases.
Sin perjuicio de la adopción de las medidas cautelares reguladas en la base anterior, el
incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases comportará las siguientes
consecuencias para los industriales autorizados:
Denunciado el incumplimiento leve de lo dispuesto en las bases, se apercibirá por escrito al
titular o representante, a los efectos de que se subsane las anomalías advertidas o se abstenga
de realizar las prácticas que constituyan tal incumplimiento. Si el apercibido no atendiera tal
requerimiento, su actitud se entenderá como incumplimiento grave de lo dispuesto en las
presentes bases.
Denunciado el incumplimiento grave o muy grave de lo dispuesto en las presentes bases, se
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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No depositar la basura en los lugares establecidos por los servicios municipales y
con riesgo para las personas.
No cumplir con el horario establecido por el Ayuntamiento de Mérida, en cuanto
al cierre de la actividad.
b.3.- Faltas muy graves:
La acumulación de dos incumplimientos graves durante la celebración de la Feria
de modo consecutivo, o la reiteración del incumplimiento habiendo sido
apercibido por los servicios municipales.
La desconsideración hacia la ciudadanía en general, así como a cualquier
funcionario/a en el ejercicio de sus obligaciones.
La ocupación de espacios no autorizados dentro del Recinto Ferial ya sean zonas
de parcelas o zonas comunes.
La falsedad documental.
Dejadez manifiesta en el mantenimiento del negocio que pueda acontecer u
accidente.
Traspasar, vender o alquilar las parcelas a terceros.
El inicio de la actividad sin autorización municipal, o el cambio de actividad
durante la feria, careciendo de la autorización municipal.
No cumplir las fechas de montaje y desmontaje previstas en estas bases.
b.4.- De la adopción de medidas cautelares:
Formulada denuncia por los/as responsables municipales o por los/as agentes de la autoridad,
sobre hechos que supongan el incumplimiento grave o muy grave de lo dispuesto en las
presentes bases, se dará traslado del contenido de la misma al responsable de la atracción
denunciada, otorgándose un término de audiencia por plazo de veinticuatro horas, a fin de que
pueda efectuar cuantas alegaciones estime oportunas sobre el contenido de la misma y la
realidad de los hechos denunciados.
Transcurrido dicho plazo, acreditado en su caso el incumplimiento grave o muy grave de lo
dispuesto en las presentes bases, el Ayuntamiento de Mérida, en función de los hechos
denunciado y por razones de urgencia, podrá adoptar las medidas cautelares pertinentes en
orden a garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases, pudiendo acordar la
revocación de la autorización concedida y el cierre y precinto de las instalaciones.
Todo ello, sin perjuicio de que razones de seguridad de las personas bienes o de grave perjuicio
al interés público obliguen al acuerdo de cierre inmediato de las instalaciones, de acuerdo con
la legislación vigente.
b.5.- De las consecuencias sancionadoras por incumplimiento de lo dispuesto en las presentes
bases.
Sin perjuicio de la adopción de las medidas cautelares reguladas en la base anterior, el
incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases comportará las siguientes
consecuencias para los industriales autorizados:
Denunciado el incumplimiento leve de lo dispuesto en las bases, se apercibirá por escrito al
titular o representante, a los efectos de que se subsane las anomalías advertidas o se abstenga
de realizar las prácticas que constituyan tal incumplimiento. Si el apercibido no atendiera tal
requerimiento, su actitud se entenderá como incumplimiento grave de lo dispuesto en las
presentes bases.
Denunciado el incumplimiento grave o muy grave de lo dispuesto en las presentes bases, se
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