Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (03937/2023)
Miembros de la Mesa Permanente de Contratación del Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Anuncio 3937/2023
Servicio/Departamento que le sustituya.
Secretario: El/la Jefe/a de Sección de Contratación de Gestión Administrativa del Servicio
de Contratación Centralizada, como titular, y el/la Jefe/a de Sección de Central de
Compras y Asesoramiento Contractual del Servicio de Contratación Centralizada, como
suplente. En ausencia de éste último, funcionario/a de su Área o Departamento.
Segundo. La composición de los miembros de la Mesa de Contratación referida, se publicará en
el perfil de contratante, de conformidad con lo establecido en los artículos 63.5 y 326.3, así
como en la disposición adicional 2.ª, apartado 7 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Tercero. La Mesa de Contratación ajustará su actuación a lo previsto en la normativa
reguladora de la contratación en el sector público, y en lo no previsto en la misma, a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de primero de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto. Todos los miembros de la Mesa de Contratación tendrán voz y voto, excepto el
Secretario, que actuará con voz pero sin voto. La Mesa podrá proponer a la Presidencia, el
nombramiento de cuantos asesores considere convenientes, en razón de sus especiales
conocimientos técnicos, que podrán asistir a sus reuniones con voz y sin voto, en aquellos
procedimientos de contratación en los que la complejidad de las valoraciones de las ofertas así
lo aconseje, sin que tengan la consideración de miembros de la Mesa de Contratación, ni otra
función más allá de la de informar y asesorar de forma no vinculante.
Quinto. Quedan sin efecto las anteriores resoluciones de la Presidencia de la Diputación, por
las que se designaban miembros de la Mesa de Contratación del Área de Contratación y Fondos
Europeos.
Sexto. Dar traslado de la presente resolución a los miembros designados, así como al Pleno de
la Corporación, en la primera sesión ordinaria que celebre, a efectos de conocimiento, en
cumplimiento a lo determinado en el apartado d) del artículo 58 del Real Decreto 2568/1986, de
28 de noviembre".
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Miguel Ángel Gallardo Miranda.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Servicio/Departamento que le sustituya.
Secretario: El/la Jefe/a de Sección de Contratación de Gestión Administrativa del Servicio
de Contratación Centralizada, como titular, y el/la Jefe/a de Sección de Central de
Compras y Asesoramiento Contractual del Servicio de Contratación Centralizada, como
suplente. En ausencia de éste último, funcionario/a de su Área o Departamento.
Segundo. La composición de los miembros de la Mesa de Contratación referida, se publicará en
el perfil de contratante, de conformidad con lo establecido en los artículos 63.5 y 326.3, así
como en la disposición adicional 2.ª, apartado 7 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Tercero. La Mesa de Contratación ajustará su actuación a lo previsto en la normativa
reguladora de la contratación en el sector público, y en lo no previsto en la misma, a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de primero de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto. Todos los miembros de la Mesa de Contratación tendrán voz y voto, excepto el
Secretario, que actuará con voz pero sin voto. La Mesa podrá proponer a la Presidencia, el
nombramiento de cuantos asesores considere convenientes, en razón de sus especiales
conocimientos técnicos, que podrán asistir a sus reuniones con voz y sin voto, en aquellos
procedimientos de contratación en los que la complejidad de las valoraciones de las ofertas así
lo aconseje, sin que tengan la consideración de miembros de la Mesa de Contratación, ni otra
función más allá de la de informar y asesorar de forma no vinculante.
Quinto. Quedan sin efecto las anteriores resoluciones de la Presidencia de la Diputación, por
las que se designaban miembros de la Mesa de Contratación del Área de Contratación y Fondos
Europeos.
Sexto. Dar traslado de la presente resolución a los miembros designados, así como al Pleno de
la Corporación, en la primera sesión ordinaria que celebre, a efectos de conocimiento, en
cumplimiento a lo determinado en el apartado d) del artículo 58 del Real Decreto 2568/1986, de
28 de noviembre".
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Miguel Ángel Gallardo Miranda.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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