Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campillo de Llerena. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (03848/2023)
Constitución y composición de la Junta de Gobierno Local y delegaciones en la misma de competencias delegables del Pleno
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Ayuntamiento de Campillo de Llerena

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- Formalización de convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas, cuya
competencia esté atribuida al Pleno, así como las autorizaciones para la firma de convenios
interadministrativos de colaboración y siempre que por razón de la urgencia y demora en el
tiempo no sea posible someterlo a la consideración del Pleno.
- La aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas generales a los que se refiere el
artículo 121 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de LCSP.
- La aprobación de los proyectos de obras cuando el Pleno sea competente para su
contratación o concesión y cuando aún no estén previsto en el presupuesto. Se incluye en este
punto las obras del AEPSA.
- La celebración de contratos privados y la adjudicación de concesiones sobre los bienes de la
Corporación y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación
patrimonial, así como la enajenación del patrimonio cuando no estén atribuidas al Alcalde , y de
los bienes declarados de valor histórico o artístico cualquiera que sea su valor.
- La adquisición de bienes y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor
supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto y, en todo caso, cuando sea
superior a 3.000.000,00 de euros.
- La enajenación del patrimonio cuando su valor supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios
del presupuesto, y en todo caso, cuando sea superior a 3.000.000,00 euros.
- En todo caso las permutas de bienes inmuebles, siempre que no requiera la adopción de
acuerdo por mayoría cualificada.
- La aprobación del inventario de bienes de la corporación, su rectificación y comprobación.
- La resolución de los expedientes de declaración de ruina, excepto los referidos a los casos de
ruina inminente, que resolverá la Alcaldía.
- La resolución de los expedientes en materia de recuperación de caminos públicos.
- El informe para la declaración de interés comunitario prevista en la legislación urbanística
respecto a las autorizaciones en suelo no urbanizable.
- Presentación de alegaciones en representación del Ayuntamiento en los trámites de
aprobación de planes, proyectos y todo tipo de actuaciones que lleven a cabo las entidades
públicas que afecten al municipio.
- La autorización o denegación de compatibilidad del personal al servicio del Ayuntamiento
para un segundo puesto o actividad en el sector público y la resolución motivada con relación a
la compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas, de conformidad con lo previsto en la
normativa sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
- La aceptación de la cesión gratuita de terrenos o de derechos de aprovechamiento
urbanístico, donaciones, herencias, legados y todo tipo de bienes y derechos transmisibles,
incluso la cesión gratuita que lleven anejas condiciones o modalidades onerosas.
- La aceptación de bienes adjudicados al Ayuntamiento en procedimientos judiciales o
administrativos.
- La solicitud de subvenciones a otras Administraciones Públicas y aceptación de las concedidas
cuando la normativa general o la específica aplicable al caso requiera el acuerdo plenario para
ello.
Tercero.- Las atribuciones delegadas incluyen de manera especial la facultad de resolver mediante actos
administrativos que afecten a terceros y la facultad de resolver los recursos de reposición que se interpongan
contra los correspondientes acuerdos.
Cuarto.- En el texto de los acuerdos a adoptar por la Junta de Gobierno Local en virtud de estas delegaciones,
se hará constar esta circunstancia mediante su inclusión en la parte expositiva del mismo de aquella
delegación y de la fecha de su aprobación.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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