Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (03854/2023)
Aprobación de la convocatoria y las bases para la provisión interina del puesto de Secretaría General, clase segunda
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Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 3854/2023

marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el órgano de selección se formará con
la presencia equilibrada de mujeres y hombres.
3.4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad
de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia del
Presidente y Secretario.
3.5. Las decisiones se adoptarán por mayoría.
3.6. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
notificándolo a la autoridad convocante.
3.7. El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
4. Solicitudes.
4.1. Las instancias solicitando tomar parte de este proceso selectivo, en la que los aspirantes
manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la base segunda, se dirigirán al Sr.
Alcalde y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Zafra, o por cualquiera de
las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, contados desde el
siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
4.3. Las instancias deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación exigida.
c) Copias auténticas de la documentación acreditativa de los méritos alegados
por los aspirantes.
4.4. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la aprobación de la
lista provisional de admitidos y excluidos, que se someterá a información pública, junto con la
composición del Tribunal de selección, mediante la publicación del correspondiente anuncio en
la sede electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento, otorgándose un plazo para
reclamaciones de cinco (5) días hábiles.
4.5. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se procederá a la aprobación definitiva de
la lista de aspirantes y del tribunal de selección, que se publicará asimismo en la sede
electrónica y tablón de anuncios, con indicación del lugar y hora de celebración de las pruebas,
debiendo transcurrir al menos cuarenta y ocho horas entre dicha publicación y la celebración
de las mismas.

5. Procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes, concurso-oposición, constará de las siguientes fases.
5.1. Fase de oposición.
5.1.1. Consistirá en la celebración de una prueba práctica, que versará sobre el temario que
figura en el anexo I de la presente convocatoria.
5.1.2. El ejercicio es obligatorio y eliminatorio, resultando eliminados los aspirantes que no
alcancen en el ejercicio la puntuación mínima que se establece en el apartado 5.1.3.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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