Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. (03715/2023)
Decreto de Alcaldía de nombramiento de delegados municipales
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Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 3715/2023
Cuarto.- Las competencias que se delegan a doña Silvia Fernández Gómez, en Urbanismo y medio ambiente, contrataciones
y proyectos europeos, tienen el contenido siguiente:
URBANISMO:
Impulso y propuesta en materia de planificación, gestión y disciplina urbanística; especialmente, el seguimiento de los
trabajos de redacción y aprobación del nuevo planeamiento municipal, actualmente en fase de avance.
Ordenación, gestión y prestación de los servicios destinados a las principales infraestructuras urbanas: Alumbrado público,
pavimentación de vías públicas, abastecimiento de agua, saneamiento y depuración.
El contenido de la presente delegación de competencias podrá ser complementado por los asuntos de materia urbanística
que sean de competencia de la Junta de Gobierno Local, conforme al artículo 127.1 LBRL.
MEDIO AMBIENTE:
Impulsar las políticas municipales de promoción, gestión, defensa y protección del medio ambiente y desarrollo sostenible,
incluidas la contaminación la protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
Fomentar en el ámbito de la administración y de los particulares el uso de energías renovables.
Para el desarrollo efectivo de la competencia, la Junta de Gobierno Local podrá delegar la concesión de licencias y
autorizaciones en materia medioambiental y la potestad sancionadora por incumplimiento de la normativa municipal en
esta materia.
CONTRATACIONES:
Ordenar, dirigir y coordinar la contratación administrativa, a excepción de los contratos de naturaleza patrimonial.
De conformidad con la D.A. segunda, apartado 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la
Junta de Gobierno Local podrá delegar total o parcialmente las competencias en materia de contratación, cualquiera que sea
la clase, el importe de los contratos o la duración de los mismos.
FONDOS EUROPEOS:
Impulso, coordinación y dirección en la solicitud y desarrollo de las actuaciones que estén cofinanciadas por Fondos
Europeos, fundamentalmente los proyectos EDUSI y NexGeneration, así como nuevos programas que puedan ser activados
durante este mandato corporativo.
Quinto.- Las competencias que se delegan a don Marco Antonio Guijarro Ceballos, en Parques y jardines, Agricultura,
Sanidad y Cementerio, Centro zoosanitario, tienen el siguiente contenido:
PARQUES Y JARDINES:
Gestión y prestación del servicio de conservación, limpieza y planificación de los parques y jardines de la ciudad.
Potenciar y proponer la creación de áreas infantiles, zonas de mayores, circuitos deportivos elementales, y otros
equipamientos, tales como áreas caninas y zonas de ejercicio al aire libre, mediante la adquisición e instalación de sus
correspondientes equipamientos, en los espacios verdes.
AGRICULTURA:
Desarrollar las competencias que se asignan a los municipios en la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura,
especialmente en materia de caminos rurales.
Vigilancia y control de los usos de las fincas rústicas municipales.
SANIDAD Y CEMENTERIO:
Ordenación, planificación y gestión de las actuaciones municipales en materia de sanidad, calidad de las aguas, así como el
control sanitario de cementerios y servicios funerarios.
Fomentar la educación sanitaria de los consumidores y empresarios en materia de consumo e higiene alimentaría.
Desarrollo del Plan municipal frente a las drogodependencias.
El contenido de la presente delegación, en lo relativo a las autorizaciones y licencias sobre derechos funerarios, podrá ser
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Cuarto.- Las competencias que se delegan a doña Silvia Fernández Gómez, en Urbanismo y medio ambiente, contrataciones
y proyectos europeos, tienen el contenido siguiente:
URBANISMO:
Impulso y propuesta en materia de planificación, gestión y disciplina urbanística; especialmente, el seguimiento de los
trabajos de redacción y aprobación del nuevo planeamiento municipal, actualmente en fase de avance.
Ordenación, gestión y prestación de los servicios destinados a las principales infraestructuras urbanas: Alumbrado público,
pavimentación de vías públicas, abastecimiento de agua, saneamiento y depuración.
El contenido de la presente delegación de competencias podrá ser complementado por los asuntos de materia urbanística
que sean de competencia de la Junta de Gobierno Local, conforme al artículo 127.1 LBRL.
MEDIO AMBIENTE:
Impulsar las políticas municipales de promoción, gestión, defensa y protección del medio ambiente y desarrollo sostenible,
incluidas la contaminación la protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
Fomentar en el ámbito de la administración y de los particulares el uso de energías renovables.
Para el desarrollo efectivo de la competencia, la Junta de Gobierno Local podrá delegar la concesión de licencias y
autorizaciones en materia medioambiental y la potestad sancionadora por incumplimiento de la normativa municipal en
esta materia.
CONTRATACIONES:
Ordenar, dirigir y coordinar la contratación administrativa, a excepción de los contratos de naturaleza patrimonial.
De conformidad con la D.A. segunda, apartado 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la
Junta de Gobierno Local podrá delegar total o parcialmente las competencias en materia de contratación, cualquiera que sea
la clase, el importe de los contratos o la duración de los mismos.
FONDOS EUROPEOS:
Impulso, coordinación y dirección en la solicitud y desarrollo de las actuaciones que estén cofinanciadas por Fondos
Europeos, fundamentalmente los proyectos EDUSI y NexGeneration, así como nuevos programas que puedan ser activados
durante este mandato corporativo.
Quinto.- Las competencias que se delegan a don Marco Antonio Guijarro Ceballos, en Parques y jardines, Agricultura,
Sanidad y Cementerio, Centro zoosanitario, tienen el siguiente contenido:
PARQUES Y JARDINES:
Gestión y prestación del servicio de conservación, limpieza y planificación de los parques y jardines de la ciudad.
Potenciar y proponer la creación de áreas infantiles, zonas de mayores, circuitos deportivos elementales, y otros
equipamientos, tales como áreas caninas y zonas de ejercicio al aire libre, mediante la adquisición e instalación de sus
correspondientes equipamientos, en los espacios verdes.
AGRICULTURA:
Desarrollar las competencias que se asignan a los municipios en la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura,
especialmente en materia de caminos rurales.
Vigilancia y control de los usos de las fincas rústicas municipales.
SANIDAD Y CEMENTERIO:
Ordenación, planificación y gestión de las actuaciones municipales en materia de sanidad, calidad de las aguas, así como el
control sanitario de cementerios y servicios funerarios.
Fomentar la educación sanitaria de los consumidores y empresarios en materia de consumo e higiene alimentaría.
Desarrollo del Plan municipal frente a las drogodependencias.
El contenido de la presente delegación, en lo relativo a las autorizaciones y licencias sobre derechos funerarios, podrá ser
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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