Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara. (03436/2023)
Régimen de retribución parcial del Alcalde-Presidente y de los concejales
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara

Anuncio 3436/2023

siguiente de la adopción del presente acuerdo, surtiendo efectos económicos desde ese mismo día, previa
aceptación expresa del titular que ocupa dicho cargo.
Tercero: Acordar que las retribuciones brutas a percibir por el ejercicio del cargo de Alcalde-Presiente de este
Ayuntamiento, en régimen de dedicación parcial (75% de la jornada) sean treinta mil euros (30.000,00 €)
brutos anuales, que se percibirán en catorce pagas (doce mensualidades y dos pagas extras en los meses de
junio y diciembre de cada año).
Cuarto: Acordar que las retribuciones brutas a percibir por el ejercicio del cargo de concejales delegados de
este Ayuntamiento, en régimen de dedicación parcial (5% de la jornada) sean seis mil setecientos veinte euros
(6.720,00 €/año) brutos anuales, para cada concejalía Delegada que se percibirían en doce pagas (doce
mensualidades).
Quinto: Solicitar el alta en el Régimen General de la Seguridad Social, asumiendo esta Corporación el pago de
las cuotas empresariales que correspondan (artículo 75.2 LBRL), de conformidad con la Ley 37/2006, de 7 de
diciembre, coincidiendo con la fecha de inicio del desempeño del cargo en régimen de dedicación parcial
tanto del Alcalde-Presidente como los concejales delegados.
Sexto: Que se realice la oportuna consignación presupuestaria o se apruebe la correspondiente modificación
de crédito en el presupuesto general de la entidad para hacer frente a las obligaciones económicas que se
deriven del presente acuerdo.
Séptimo: Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento.
En Cordobilla de Lácara, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ángel Serván Expósito.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 4