Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03379/2023)
Delegación de las atribuciones y competencias del Alcalde en la Junta de Gobierno Local
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 3379/2023
el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio,
cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
g. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea
competente para su contratación o concesión y estén previstos en el
presupuesto.
h. La resolución de los expedientes en materia de responsabilidad patrimonial
de la Administración.
i. El otorgamiento de subvenciones.
Segundo.- Los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en relación con las materias
delegadas tendrán el mismo valor que las resoluciones que dicte la alcaldía en el ejercicio de
las atribuciones que no haya delegado, sin perjuicio de su adopción conforme a las reglas de
funcionamiento de la Junta de Gobierno Local.
Tercero.- En orden a la efectividad de la citada delegación, publíquese el anuncio
correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia, y dese cuenta de la misma al Pleno en la
primera sesión que celebre.
Cuarto.- Las delegaciones genéricas conferidas surtirán efecto desde el día siguiente al de la
fecha".
Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 44.2 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre,
Villanueva de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Bernardo Gonzalo Mateo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio,
cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
g. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea
competente para su contratación o concesión y estén previstos en el
presupuesto.
h. La resolución de los expedientes en materia de responsabilidad patrimonial
de la Administración.
i. El otorgamiento de subvenciones.
Segundo.- Los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en relación con las materias
delegadas tendrán el mismo valor que las resoluciones que dicte la alcaldía en el ejercicio de
las atribuciones que no haya delegado, sin perjuicio de su adopción conforme a las reglas de
funcionamiento de la Junta de Gobierno Local.
Tercero.- En orden a la efectividad de la citada delegación, publíquese el anuncio
correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia, y dese cuenta de la misma al Pleno en la
primera sesión que celebre.
Cuarto.- Las delegaciones genéricas conferidas surtirán efecto desde el día siguiente al de la
fecha".
Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 44.2 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre,
Villanueva de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Bernardo Gonzalo Mateo.
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