Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Amalia. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03381/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "II AMALIASAJONIA"
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Ayuntamiento de Santa Amalia

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10. Cumplir las presentes normas del régimen interno.
Capítulo III.- Normas de convivencia.
Artículo 6.- Asistencia los alumnos – trabajadores asistirán a las enseñanzas teórico-prácticas que se imparten en el
Programa Colaborativo Rural " II AMALIASAJONIA".
Artículo 7.- Control de asistencia diariamente los alumnos/as trabajadores deberán firmar en los partes diarios de asistencia
elaborados por el mismo.
Artículo 8.- Faltas de asistencia.
Las faltas de asistencia podrán ser justificadas o sin justificar. La acumulación de estas últimas será causa de expulsión del
Programa.
1. Faltas justificadas. Son aquellas que tienen su origen en circunstancias independientes y ajenas a la
voluntad del alumno/trabajador que le impiden acudir al Programa:
1. Por motivos de salud: Si por motivos de salud se produce una falta de asistencia, ésta debe
acreditarse mediante un justificante o parte de baja médica.
2. Permisos retribuidos: El trabajador podrá ausentarse del trabajo con derecho a
remuneración por alguno de los motivos contemplados en el artículo 37.3 del Estatuto de los
Trabajadores.
2. Faltas no justificadas: Son aquellas que no se encuentra en el apartado anterior, o que, estándolo, no se
acreditan documentalmente de la forma debida.
Las faltas no justificadas conllevarán, además de las medidas disciplinarias, el descuento en nómina para el
trabajador.
3. Faltas de puntualidad: Se considera falta de puntualidad llegar al lugar de trabajo con diez minutos de
retraso. Asimismo, los sucesivos retrasos de inferior duración se acumularán hasta completar ese periodo y
serán considerados como falta de puntualidad.
Tres faltas de puntualidad equivalen a una falta sin justificar sin que se produzca su descuento en la nómina.
También se considera falta de puntualidad, el retraso tras los descansos.
Artículo 9.- Comportamientos y actitudes.
El alumno-a/trabajador-a ha de mantener, dentro y fuera de la escuela profesional, actitudes y comportamientos
respetuosos con sus compañeros, profesores y terceros (vecinos, proveedores, técnicos, etc) en general, y en particular:
1. Deberá conservar y utilizar correctamente las instalaciones, máquinas, materiales y herramientas.
2. No está permitido el consumo de alcohol y drogas.
3. Sólo se puede fumar en los lugares establecidos y durante el tiempo de descanso o fuera del horario
lectivo.
4. Deberá llevarse en todo momento el vestuario laboral de forma correcta y completa, siendo además por
cuenta del alumno/trabajador la limpieza y conservación del mismo.
Artículo 10.- Causas de exclusión de los alumnos/as - trabajadores/as.
1. No seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan.
2. Incumplir de forma reiterada con las demás obligaciones establecidas en el reglamento.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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